
La Corte de Arica confirmó la sentencia que dispuso el pago de una multa de 345 UTM, la clausura del local sancionado por 30 días y el decomiso de las máquinas tragamonedas.
El fallo unánime fue dictado por la Segunda Sala del tribunal de alzada, integrada por los ministros Pablo Zavala Fernández, José Delgado Ahumada y la abogada (i) Claudia Moraga Contreras. La sentencia confirma la decisión del Primer Juzgado de Policía Local de Arica y rechaza el recurso de apelación presentado por la defensa de la Sociedad Comercial Rico Ltda.
La sentencia se basa en el mérito de los antecedentes y considera que el procedimiento se ha dirigido en contra de la Sociedad Comercial Rico Ltda., RUT N°76.411.731, la que ha sido debidamente notificada y no ha opuesto excepción de falta de legitimación pasiva durante la secuela del juicio.
El tribunal de alzada concluyó que no hay objeciones para revocar la sentencia apelada, dictada el 6 de febrero del año en curso, en la causa Rol P-648-2024 del Primer Juzgado de Policía Local de Arica. Por lo tanto, se confirma la sentencia que dispone la multa, la clausura del local y el decomiso de las máquinas tragamonedas.