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EMPLEADORES DEBEN CONTRATAR «SEGURO COVID» PARA EL REGRESO PRESENCIAL DE SUS TRABAJADORES

Lo anunció el Presidente en la cuenta pública, y el detalle lo entregó el Ministro del Trabajo Patricio Melero: Los empresarios que hagan regresar a sus trabajadores suspendidos o con teletrabajo tendrán que contratarles un seguro de salud asociado al Covid-19.

En Vilas Radio 100.1 FM te explicamos: El seguro cubre los gastos de hospitalización y rehabilitación en el caso de que el trabajador se contagie con la enfermedad, garantizando una cobertura del 100% del copago por prestaciones realizadas a través de Fonasa o Isapre. Además, establece un seguro de 180 UF (5 millones 300 mil pesos aproximadamente) en caso que la enfermedad provocada por el coronavirus cause la muerte.

Será obligación del empleador contratarlo, pagarlo y asegurar que sus trabajadores reciban el certificado de cobertura. La duración es de 12 meses. Además, debe pagarse incluso cuando la empresa cuente con un seguro complementario u otro seguro de salud, para que lo tenga en cuenta.

El seguro es portable; es decir, si un trabajador deja la empresa sigue contando con este beneficio, lo que permite al nuevo empleador eximirse del pago hasta que se cumplan los 12 meses de vigencia.

Esta normativa fijó un plazo máximo de 30 días para que el empleador pueda contratarlo.

Según señaló el ministro Melero, esto fue el resultado de un acuerdo alcanzado entre el ejecutivo y la oposición, luego de que un grupo de senadores presentaran la propuesta en el Congreso.

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