Noticias

INDH PONE FRENO A TRAVÉS DE DOCUMENTO A LAS AUTORIDADES EN MATERIA DE DESALOJOS

Frente a toda la problemática que ha surgido por la llegada de migrantes a la Región de Tarapacá, Vilas Radio 100.1 FM conoció en las últimas horas de un documento que hizo llegar el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) a los delegados presidenciales, Miguel Ángel Quezada y Natan Olivos con motivo de los cuidados que deben tener los estamentos del estado frente a los desalojos a los extranjeros.

El oficio firmado por Lorena de Ferrari Mir, jefa Regional del INDH y que fue redactado con fecha 14 de septiembre del presente año, hace hincapié en la forma en la que se deben realizar los desalojos de los extranjeros en carpas o lugares en los que se toman para resguardarse.

Dentro de estos puntos, están el no efectuar desalojos cuando exista mal tiempo y que cada funcionario de gobierno debe identificarse al momento de hacer las fiscalizaciones. Asimismo, después del desalojo el documento solicita que debe otorgarse alimentos, agua potable y saneamiento a las personas. El oficio solicita también que las personas deben ser reubicadas y que tengan acceso a vestimenta apropiada, servicio médico esencial, fuentes sustentables, entre otros.

El Ordinario caratulado con el número 143/2021 y que informa de los estándares internacionales en materia de desalojos, explica en sus primeros párrafos que “ con el objetivo de dar cumplimiento cabal al mandato internacional de promover y proteger los derechos humanos de las personas que habitan en el territorio nacional, el Instituto Nacional de Derechos Humanos está facultado para solicitar la colaboración de los distintos órganos del Estado y pedir toda la información necesaria para el examen de las situaciones comprendidas en el ámbito de sus competencias. 

Finalmente, el escrito señala que el INDH debe velar por el cumplimiento de las obligaciones y recomendaciones internacionales, para proteger la promoción y protección de los derechos humanos… principalmente, de grupos de migrantes, solicitantes de asilo, refugiados, NNA, discapacitados, etc. quienes deben ser reconocidos por los tratados internacionales firmados por Chile y que se encuentran vigentes.

Artículos relacionados

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Botón volver arriba