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AVANZA EN EL CONGRESO LA LEY QUE PROHIBE LA «OBSOLESCENCIA PROGRAMADA» DE LA TECNOLOGÍA

Prohibir la obsolescencia programada de aparatos eléctricos y electrónicos es el objetivo principal de la moción parlamentaria aprobada por unanimidad en la Cámara de Diputadas y Diputados.

La norma -despachada al Senado- modifica la Ley 19.496, que se establece sobre la protección de los derechos de los consumidores. Asimismo, enmienda la Ley 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministros y prestación de servicios .

La iniciativa prohíbe la venta y comercialización de todo tipo de aparatos eléctricos y electrónicos cuya funcionalidad haya sido alterada arbitrariamente. De esta manera, se impide acelerar el fin de su vida útil en forma anticipada. Lo anterior, ya sea por su diseño o por medio de actualizaciones posteriores.

La norma considera que los aparatos electrónicos que se comercialicen, luego de la promulgación de esta ley, deberán contar con un índice de reparabilidad.

Además, deberá incluir la información básica comercial y ser visible en el envase del mismo producto.

El proyecto de ley prohíbe la obsolescencia programada. Es decir, los proveedores no podrán producir, fabricar, importar, distribuir o comercializar aparatos eléctricos o electrónicos cuya funcionalidad se vea comprometida significativamente por causa de una planificación o programación deliberada. Esto, ya sea que provenga desde su diseño o a través de la modificación posterior del aparato.

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