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FISCALIA MILITAR ARGUMENTA QUE “EL MINISTERIO PUBLICO ENTORPECE LA INVESTIGACIÓN EN EL CASO PUTRE

La Segunda Sala de la Corte Suprema, determinó paralizar las diligencias de la Fiscalía Regional de Arica en el caso denominado Putre, por tres votos a favor y dos en contra, debido que las medidas de investigativas podrían ser las mismas que las ordenadas por la ministra de visita Jenny Book.

El caso Putre se investiga la muerte del conscripto Franco Vargas de 19 años, la determinación de la Suprema se debe a la presentación del Ministerio Público Militar de un recurso de no innovar, en donde apunta al trabajo de la Fiscalía entorpecería  las labores investigativas.

El Ministerio Público Militar ingreso el recurso, después que el Juzgado de Garantía de Arica se declarará competente a conocer la causa, tras el inicio de la investigación por parte el Fiscalía regional. En tanto, de manera paralela, la ministra de visita Book, también investiga los hechos, pero desde la parte de la justicia militar.

La Suprema acogió la solicitud de no innovar, la que busca frenar las diligencias de la justicia civil  mientras el máximo tribunal resuelva si será la justicia ordinaria o la militar la que revisará la causa de los ocurrido en la marcha que termino con la vida del conscripto Vargas el 27 de abril del presente año.

Debido a esta medida, se frenó las diligencias que llevaba la Fiscalía de Arica, entre las que se requería la solicitud de exhumación del cuerpo de Franco Vargas

La Segunda Sala de la Suprema sostiene que “sin perjuicio que lo que se resuelva en cuanto al fondo del asunto, atendido lo expuesto por el fiscal general militar del Ministerio Público Militar, y a fin de no afectar la investigación que se lleva a cabo, se concede la orden de no innovar solicitada, debiendo en consecuencia inhibirse el Ministerio Público y el Juzgado de Garantía del conocimiento de la presente causa, mientras se resuelva la contienda de competencia suscitada”.

FISCALÍA MILITAR

La Fiscalía Militar presentó una serie de argumentos para que el máximo tribunal finalmente acogiera el recurso de no innovar. En este, el Ministerio Público castrense apunta a que los presuntos delitos que se investigan radican en la justicia militar.

El recurso presentado por la Fiscalía Militar, sostiene que, por los antecedentes de la causa, “en efecto, se trataría de delitos comunes que la ley declara como militares en razón de haber sido cometidos por militares en contra de militares –soldados conscriptos–, con ocasión del servicio militar, en actos de campaña y también al interior de un recinto. Todo lo anterior lleva ineludiblemente a concluir que de acuerdo con las normas legales y constitucionales los hechos deben radicarse, al menos preliminarmente y hasta que se decida el fondo de la contienda, en la jurisdicción militar”.

En tanto, el  recurso con el cual la Fiscalía Militar logró frenar las diligencias de Fiscalía de Arica, tras ser acogido por la Suprema, concluye y reitera que “no existen antecedentes que permitan afirmar que los hechos sean de competencia de la justicia penal ordinaria, conforme a las normas legales y constitucionales citadas”.

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