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JUSTICIA VALIDA DESALOJO EN CERRO CHUÑO POR RIESGO DE SANIDAD Y POLIMETALES

En fallo unánime, la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Arica desestimó el recurso de protección presentado contra la Delegación Presidencial Regional, el Serviu y Carabineros, el cual buscaba frenar el desalojo de las familias que ocupaban ilegalmente el sector de Cerro Chuño.

El tribunal resolvió que la acción constitucional carecía de fundamento fáctico y formal, detectando inconsistencias en el listado de representados y confirmando que el operativo de restitución administrativa ya se había ejecutado en su totalidad. Asimismo, los ministros remarcaron que el desalojo responde al cumplimiento de la Ley N°20.590 sobre Polimetales, normativa que exige inhabilitar y demoler las estructuras para proteger la salud de la población ante la presencia de residuos tóxicos como arsénico, plomo y cadmio.

En su resolución, la Corte puntualizó que «la dictación y ejecución de la Resolución Exenta N°99 no obedece a una intención patrimonial, inmobiliaria o caprichosa de recuperación de activos fiscales, sino al estricto cumplimiento de un mandato legal imperativo y de salubridad pública extrema«, descartando así cualquier ilegalidad o arbitrariedad por parte de las instituciones públicas involucradas.

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