
El Diario Oficial publicó este martes la normativa que establece un marco regulatorio para el desarrollo sostenible de plantas desalinizadoras. La ley prioriza el consumo humano, el resguardo de la biodiversidad marina y define una Estrategia Nacional de Desalinización para enfrentar la crisis climática.
En una jornada que marca un antes y un después en la gestión de recursos hídricos en el país, el Gobierno de Chile ha promulgado oficialmente la Ley N.º 21.813 sobre el Uso de Agua de Mar para Desalinización. El documento, publicado en el Diario Oficial, establece por primera vez un marco jurídico claro para la extracción y procesamiento de agua marina, una necesidad urgente ante la prolongada sequía y los desafíos del cambio climático.
El proyecto, que tuvo su origen en una moción parlamentaria de destacados exsenadores, fue finalmente sancionado por el Presidente de la República, José Antonio Kast Rist, junto a un gabinete ministerial transversal que incluye a las carteras de Obras Públicas, Interior, Defensa, Hacienda y Medio Ambiente, entre otras.
El objeto de la ley: Sostenibilidad y Seguridad
La nueva normativa tiene como propósito central regular el desarrollo sostenible de iniciativas de desalinización, permitiendo diversos usos pero siempre bajo el resguardo de la biodiversidad y los ecosistemas costeros. “El objeto de esta ley es contribuir a una mejora en la seguridad hídrica y a una mejor adaptación al cambio climático”, reza el primer artículo del texto legal.
Entre los puntos más relevantes de la Ley N.º 21.813 se encuentran:
- Estrategia Nacional de Desalinización: El Estado deberá elaborar y actualizar periódicamente una hoja de ruta para la instalación de estas infraestructuras.
- Concesión Marítima Especial: Se regula el procedimiento para el otorgamiento de concesiones o destinaciones marítimas específicas para proyectos de desalinización, incluyendo su fiscalización y sanciones.
- Resguardo Ambiental: La ley impone estrictos controles para asegurar que el proceso de desalinización no dañe el ecosistema marino, especialmente en lo relativo al manejo de la salmuera.
Prioridad absoluta: Consumo Humano
Un aspecto fundamental que destaca la nueva legislación es el orden de prioridades en el uso del agua obtenida. El texto establece que el consumo humano y el saneamiento tendrán siempre preferencia por sobre otros usos industriales o mineros. Esto busca garantizar que las comunidades costeras y zonas con mayor estrés hídrico sean las primeras beneficiadas con esta nueva fuente de agua.
La ley también contempla que el gasto derivado de su implementación se financiará mediante los recursos contemplados en las respectivas Leyes de Presupuestos del Sector Público, asegurando así la viabilidad financiera de los proyectos estatales o mixtos que surjan bajo este alero.
Un gabinete comprometido
La firma del decreto supremo involucró a gran parte del gabinete ministerial, subrayando el carácter estratégico de la desalinización para el futuro desarrollo de Chile. Destacan las firmas del Ministro de Obras Públicas, Martín Arrau; de Interior, Claudio Alvarado; y de Hacienda, Jorge Quiroz, quienes deberán liderar la bajada técnica y económica de esta ley en los próximos meses.
Con esta promulgación, Chile se pone a la vanguardia en América Latina en cuanto a legislación sobre recursos hídricos alternativos, abriendo la puerta a inversiones que prometen dar un respiro a la agricultura, la minería y, sobre todo, a las familias que hoy sufren la escasez de agua en diversos puntos del territorio nacional.
“La presente ley regula la elaboración y actualización de una Estrategia Nacional de Desalinización y el procedimiento de otorgamiento de una concesión marítima especial, garantizando el resguardo de la biodiversidad y el uso sostenible de ecosistemas”, destaca el cuerpo legal publicado por el Diario Oficial.




