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SENADO DECLARA INADMISIBLE INDICACIÓN DEL GOBIERNO PARA LIMITAR EL VOTO EXTRANJERO

La Comisión de Gobierno del Senado, presidida por Manuel José Ossandón (RN), rechazó por inadmisibles las indicaciones presentadas por el Ejecutivo para limitar el voto de extranjeros exclusivamente a elecciones municipales y plebiscitos comunales. Esto sucedió durante una sesión marcada por la ausencia casi total del oficialismo, y sin representantes del gobierno presentes.

Al encuentro tampoco llegó un integrante del Ejecutivo, ya que la citación original, que fue cambiada horas antes, no contemplaba discutir esta reforma electoral, a la que el gobierno le presentó indicaciones para limitar el voto de los extranjeros solo a comicios municipales.

Inicialmente, senadores de oposición debieron esperar cerca de veinte minutos para iniciar la sesión ante la ausencia oficialista, situación parcialmente subsanada con la posterior llegada de los senadores Esteban Velásquez (FREVS) y Paulina Vodanovic (PS). A pesar de ello, la minoría oficialista no logró revertir la votación adversa.

La determinación, recomendada por el propio secretario de la comisión, Juan Pablo Durán, se basaba en el análisis sobre las enmiendas gubernamentales que aludían a los extranjeros se escapaban de las ideas matrices del proyecto (“multas para los electores que no sufraguen en elecciones y plebiscitos”).

“Que el gobierno presente esto donde corresponde”, dijo Ossandón, mientras que la senadora Luz Ebensperger (UDI), propuso que el voto de los extranjeros fuese tratado en el proyecto misceláneo de migraciones.

Cabe señalar que la propuesta del Ejecutivo buscaba, además, exigir a los extranjeros la residencia definitiva y la presentación de un certificado de antecedentes penales para ejercer el sufragio en Chile.

Ante esta situación, el gobierno tiene escasas posibilidades de revertir la decisión, considerando que el Senado es controlado por la oposición. La opción viable sería presentar un nuevo proyecto legislativo para abordar específicamente el voto extranjero.

Según la Constitución y las leyes chilenas, los ciudadanos extranjeros tienen derecho a votar solo con acreditar un avecindamiento en el país de cinco años (temporal o definitivo). Incluso, de acuerdo a la Ley de Inscripción Automática, ellos son incorporados al padrón electoral chileno sin su consentimiento.

Belén Pavez

Belén Pavez G., Periodista y Locutora. Licenciada en Comunicación Social. Encargada de prensa en Vilas Radio. Cat lover.

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