
Un contundente y unánime fallo dictó la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Arica, tras rechazar de forma categórica el recurso de nulidad presentado por la defensa de L.F.C.P., confirmando de esta manera la pena de 17 años de presidio efectivo para el sujeto, quien se desempeñaba como funcionario de Carabineros al momento de perpetrar los brutales ataques sexuales contra una víctima de tan solo 13 años.
El tribunal de alzada respaldó completamente el dictamen emitido previamente por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica, desestimando las alegaciones del abogado defensor, Marco Antonio Salfate Videla, quien intentaba cuestionar la validez del valiente testimonio de la menor. La resolución judicial fue adoptada de forma unánime por los ministros Juana Ríos Meza, Héctor Gutiérrez Massardo y el abogado integrante Ricardo Oñate Vera, estableciendo que el proceso contó con una fundamentación impecable.
La cruel dinámica delictiva comenzó a gestarse entre septiembre y diciembre de 2024, cuando el agresor, de 23 años, utilizó perfiles de redes sociales para ganarse la confianza de la afectada, manipulándola bajo el pretexto de sostener una supuesta relación sentimental. Mediante constantes presiones por la aplicación WhatsApp, el entonces uniformado obligaba a la niña a enviarle fotografías y videos de connotación sexual de su cuerpo desnudo.
El punto más álgido del horror se materializó en al menos dos oportunidades en un motel de la ciudad de Arica, dependencias donde el hoy sentenciado accedió carnalmente a la menor de edad. De acuerdo con los antecedentes validados por la justicia, el propio imputado filmó las agresiones con su celular para posteriormente almacenar los registros digitales, los cuales terminaron convirtiéndose en evidencias científicas irrefutables del ultraje.
EVIDENCIA TELEFÓNICA SEPULTÓ LA IMPUNIDAD DEL AGRESOR
El exitoso operativo de captura se ejecutó el 5 de diciembre de 2024 por parte de detectives de la Policía de Investigaciones (PDI). En dicho procedimiento, los oficiales incautaron el teléfono celular del imputado, peritaje tecnológico que permitió recuperar la totalidad de los archivos que daban cuenta de las dinámicas relacionales y el abuso sistemático al que era sometida la víctima, echando por tierra cualquier estrategia de evasión por parte de la defensa.
Al respecto, la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Arica, con relación a la rigurosidad de las pruebas, consignó en su escrito que «las alegaciones fueron desestimadas fundadamente por no generar duda razonable, pues los registros audiovisuales se corresponden con la mensajería sostenida entre el imputado y la víctima, en las cuales se hace referencia expresa a dichos videos, su contenido y las circunstancias en que fueron generados». Con este dictamen, el violador deberá cumplir la totalidad de su condena tras las rejas de forma efectiva.




