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CONDUCTOR EBRIO QUE CAUSÓ DOBLE TRAGEDIA EN HUASCO PASARÁ 8 AÑOS TRAS LAS REJAS

Luis Peña Carmona fue sentenciado a prisión tras acreditarse que conducía bajo los efectos del alcohol y drogas, colisionó de frente a otro vehículo y huyó de la ruta C-46 sin prestar auxilio a las víctimas.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Copiapó dictó una sentencia ejemplar contra Luis Peña Carmona, único imputado por el fatal accidente carretero ocurrido la madrugada del 1 de abril de 2023 en la comuna de Huasco. La investigación, liderada por la Fiscalía Local de Freirina, logró acreditar la responsabilidad directa del conductor en el siniestro que cobró la vida de dos personas.

Según los antecedentes expuestos en el juicio por el fiscal (s) de Freirina, Marlos Alvarez, el hecho se registró alrededor de las 05:00 horas a la altura del kilómetro 36 de la ruta C-46. Peña Carmona conducía una camioneta en estado de ebriedad y bajo la influencia de sustancias sicotrópicas cuando traspasó el eje central de la calzada, impactando frontalmente a un automóvil que circulaba en sentido contrario.

El saldo del impacto y la huida

La colisión fue de tal magnitud que provocó la muerte instantánea de los dos ocupantes del automóvil. Asimismo, cuatro personas que viajaban como pasajeros en la camioneta del condenado resultaron heridas, tres de las cuales (todas mujeres) sufrieron lesiones calificadas como graves.

Uno de los puntos más críticos acreditados por la Fiscalía fue el comportamiento del conductor tras el choque. «Se pudo acreditar que el conductor investigado se dio a la fuga del lugar del accidente sin prestar ayuda a las víctimas y sin alertar a los equipos de emergencia», señaló el fiscal Alvarez. El sujeto solo se presentó ante la Subcomisaría de Huasco varias horas después del suceso.

Penas efectivas

Para lograr la condena, el Ministerio Público presentó peritajes técnicos de la SIAT de Carabineros, pruebas testimoniales e informes toxicológicos. Con este material, los jueces impusieron las siguientes sanciones:

  • 5 años de cárcel y multa de 9 UTM: Como autor de conducción en estado de ebriedad y bajo sustancias estupefacientes con resultado de muerte, lesiones graves y leves.
  • 3 años y un día de presidio y multa de 11 UTM: Por el delito de incumplimiento de la obligación de detener la marcha, prestar ayuda y dar cuenta a la autoridad.

La justicia determinó que ambas penas deberán ser cumplidas de manera efectiva en un recinto penitenciario, sin beneficios de cumplimiento alternativo, dada la gravedad de los delitos y el impacto causado en la comunidad de la Provincia del Huasco.

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