
La Corte Suprema acogió un recurso de amparo presentado por la defensa de una mujer imputada por el delito de robo en lugar no habitado, hecho que habría ocurrido en febrero pasado en Arica. En un fallo unánime, el máximo tribunal resolvió sustituir la prisión preventiva que cumplía por una medida de arresto domiciliario parcial nocturno y arraigo nacional, debido a condiciones de salud que requieren una intervención quirúrgica.
Según la resolución, la permanencia en prisión en su estado actual constituye una vulneración a los derechos humanos, en especial considerando su condición médica. La Segunda Sala del tribunal argumentó que mantener la medida cautelar vulnera normas contenidas en tratados internacionales ratificados por Chile, como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención de Belém do Pará, que obligan a garantizar un trato digno a las personas privadas de libertad.
El fallo también hace referencia a las Reglas de Bangkok y Reglas de Tokio de Naciones Unidas, que promueven la aplicación de medidas no privativas de libertad para personas imputadas, particularmente en casos donde existan factores de vulnerabilidad como los problemas de salud. La Corte concluyó que las condiciones penitenciarias actuales no permiten garantizar los cuidados médicos necesarios.
De esta manera, se ordenó al Juzgado de Garantía de Arica sustituir la prisión preventiva por la medida de arresto domiciliario parcial entre las 22:00 y las 6:00 horas, junto con el arraigo nacional. El mismo tribunal deberá disponer la libertad inmediata de la amparada y tomar las medidas necesarias para ejecutar lo dictado.