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SENADO APRUEBA MATRIMONIO IGUALITARIO Y QUEDA A UN PASO DE SER LEY

El Senado aprobó este martes el informe de la Comisión Mixta respecto al proyecto de ley que permitiría el matrimonio igualitario en Chile.

Con 21 votos a favor, 8 en contra y 3 abstenciones el informe fue despachado hacia la Cámara de Diputadas y Diputados para poder cumplir su siguiente trámite.

Luego de pasar por la Cámara Alta, solo resta la votación en la Cámara Baja, donde se deberían alcanzar el apoyo necesario y que la instancia sea ley de la República.

¿Cuáles son los detalles modificados si el proyecto se aprueba?


La Comisión Mixta avanzó respaldando una serie de normas, gran parte de éstas aprobadas por mayoría de votos.

Al respecto, el senador independiente, Pedro Araya, remarcó: «Lo que hemos hecho es resolver unas discrepancias que teníamos con la Cámara de Diputados que, principalmente, tenían que ver con temas de filiación, derechos laborales, y además, actualizar la ley de identidad de género que en su minuto no contemplaba el matrimonio igualitario».

Entre los acuerdos, primó la propuesta de la Cámara y se suprimió la norma que precisaba que “la filiación de los hijos nunca podrá determinarse por más de 2 personas”, la mayoría de los legisladores consideró que el inciso era innecesario y en ningún caso se abre la puerta a vientre de alquiler.

Asimismo, se aprobó que “la filiación del hijo que nazca por la aplicación de técnicas de reproducción humana asistida quedará determinada respecto de las dos personas que se hayan sometido a ellas”.

Sobre el punto del cuidado personal de los niñas y niñas, se garantizó la no discriminación en el cuidado de hijos (as) por, entre otros, orientación sexual, identidad o expresión de género, la filiación, o la apariencia personal. Además, se reemplaza la palabra “padres” por “progenitores”.

Se avanzó, también, en “homologar” los derechos de madres y padres trabajadores al gestante y la pareja.

Sobre cambio de sexo registral y nombre, se aprobó que quedará en sede administrativa (Registro Civil) el cambio registral para personas casadas mayores de edad y vía judicial para casados menor de edad, con notificación a la pareja y con el pazo de 6 meses, este último tema debe ser patrocinado por el Ejecutivo, lo que fue acordado durante la sesión.

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