En esta jornada Vilas Radio 100.1 en Iquique y 98.1 en Arica, comenzamos con un ciclo conversatorio que se extenderá hasta el martes 12 de diciembre, llamado “Radiografía Constituyente”, en la cual tuvimos la interesante visita de Diego Vásquez, quien es abogado, licenciado en Ciencias Jurídicas, Magister en Derecho y actualmente es jefe de carrera vespertina en la Universidad Santo Tomás, sede Iquique.
Sobre este tema, revisamos la propuesta constitucional que se plebiscitará el 17 de diciembre, donde se asegura a todas las personas el derecho a la vida y la protección de la vida de quien está por nacer. Además, prohíbe la pena de muerte.
En septiembre, el pleno del Consejo Constitucional aprobó la norma que establece el derecho a la vida, así como que “la ley protege la vida de QUIEN está por nacer”.
La polémica votación se dio en el marco de la discusión del Capítulo II sobre “Derechos y libertades fundamentales, garantías y deberes constitucionales”.
En concreto, el artículo 16, en su inciso 1, se establece “el derecho a la vida. La ley protege la vida de quien está por nacer. Se prohíbe la pena de muerte”.
En cambio, la actual Constitución habla que la ley protegerá la vida del QUE está por nacer.
Sobre este tema, Diego Vasquez explicó que, “en lo que refiere a los cambios en comparación con lo que actualmente se tiene en temas de aborto, donde en Chile desde el 2017 está en vigencia llevar a cabo un aborto bajo las tres causales públicamente conocidas, se produjo una discusión a nivel parlamentario y constitucional, donde el tribunal dio a conocer su postura en orden a determinar que esa regulación que podría entrar en vigencia, no colisionaba específicamente con lo establecido en la constitución”, indicó.
Muchos plantean que al hacer un cambio desde el “que” al “quien”, se podría poner en peligro la actual Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo en tres causales, que hace algunos meses cumplió seis años desde su promulgación.
Asimismo, el abogado explicó que, “en relación a los cambios teniendo presente la actual constitución, vemos que hay una leve modificación, pero no por ello menos relevante. Esa modificación cambia “que” por “quien”, y tiene importancia, ya que se debe determinar cuando estamos frente a una persona. En este tema la nueva propuesta incorpora “quien”, donde ya existe a una persona, y esta nueva propuesta no detalla un punto de inflexión, sino que establece parámetros generales y límites. Actualmente no lo veo como un riesgo, toda vez que la normativa ha estado en vigencia desde el 2017 con el pronunciamiento del tribunal constitucional”, señaló el profesional.