LIENZO EN EDIFICIO DEL GORE: CONTRALORÍA SOLICITA AL GOBERNADOR UTILIZAR ADECUADAMENTE EL INMUEBLE PARA EL FIN PÚBLICO
El pasado 31 de marzo a través del dictamen Folio E328046 / 2023 la Contraloría de la República respondió a la solicitud de investigación realizada por el diputado Renzo Trisotti bajo el Oficio N° 83.917 /2022 y otros denunciantes, tras la instalación de un lienzo en el edificio del Gobierno Regional con un mensaje contra el ex presidente Sebastián Piñera por la migración ocurrido en enero del 2022.
El documento al que accedió Vilas Radio, en sus primeros párrafos indica que «de acuerdo con las validaciones realizadas por personal de la Contraloría Regional de Tarapacá, tendientes a verificar la efectividad de la instalación de un lienzo en el frontis del edificio donde funciona el GORE, el día 25 de enero de 2022, con la leyenda “Crisis migratoria, inseguridad y delincuencia nunca antes vivida en Tarapacá, gracias Presidente Piñera por el legado” , se obtuvo información a través de doña Carolina Zepeda, jefa de Gabinete del GORE, quien mediante correo electrónico de 23 de marzo de 2022, consignó que la instalación del lienzo se efectuó antes de las 8:00 am -horario de inicio de la jornada laboral en ese servicio-, y en dichas labores participaron los señores Mauro Lagos Albornoz y Patricio Rojas Bugueño».
FUNCIONARIOS
En el documento, además se agrega que «Respecto al singularizado personal, indicar que revisado el Sistema de Información y Control del Personal de la Administración del Estado -SIAPER-, que mantiene este Organismo de Control, consta que el señor Lagos Albornoz se desempeña en el GORE desde el 01 de septiembre de 2021 como prestador de servicios a honorarios, para desarrollar funciones de apoyo en materias de gestión, orientación y vinculación ciudadana en la región; gestión y participación en ámbitos de cultura en la región; atención a los ciudadanos; digitalización de documentación de Oficina de Partes y, atención y gestión de solicitudes de audiencia lobby y colaboraciones en todo lo que sea necesario dentro del gabinete regional, mediante convenios aprobados a través de las resoluciones exentas RA Nos 803/70/2021, 803/76/2021, 803/6/2022 y 803/25/2022, de esa repartición pública.
Mientras que, el señor Rojas Bugueño mantenía en ese momento con el GORE, un convenio de prestación de servicios, para desempeñar la función de colaborador de servicios generales, lo cual fue validado mediante correo remitido por la individualizada jefa de Gabinete de esa entidad. No obstante, de la revisión efectuada por esta Entidad de Fiscalización, FOLIO: E328046 / 2023 fue posible obtener el acto que aprueba dicha contratación ni conocer las condiciones de la misma a esa época, motivo por el cual el GORE deberá informar a la Contraloría Regional de Tarapacá, sobre estos aspectos en un plazo de 15 días hábiles, contado desde la recepción del presente oficio.
También se determinó que el Gobierno Regional no utilizó sus plataformas para la difusión del lienzo los días 25 al 31 de enero de 2022, a excepción de un video que se registra la página de Facebook de fecha 25 de enero, en el que el gobernador José Miguel Carvajal se refiere al hecho acontecido, sin mostrar en ningún momento el lienzo en cuestión.
CONTRADICCIÓN
Asimismo, Contraloría hizo presente «que si bien la jefa de Gabinete a través de correo electrónico de 23 de marzo de 2022, señaló que el lienzo fue instalado por personal de esa repartición y que esto habría ocurrido antes del inicio de la jornada del servicio, el Gobernador Regional de Tarapacá, indica en su respuesta que el trabajo de instalación se habría realizado dentro de la jornada laboral, lo que resulta contradictorio, motivo por el cual cabe reiterar que de conformidad con el artículo 62, Nos 3 y 4, de la ley N° 18.575, que contravienen especialmente el principio de probidad administrativa, emplear, bajo cualquier forma, dinero o bienes de la institución, en provecho propio o de terceros, y ejecutar actividades, ocupar tiempo de la jornada de trabajo o utilizar personal o recursos del organismo en beneficio propio o para fines ajenos a los institucionales.
LIENZO
Contraloría expresó en el documento de 8 páginas, que » la instalación del referido lienzo en el edificio del GORE no es una actuación que se relacione con un fin institucional, y tampoco se encuentra en ninguna de las situaciones de excepción que posibiliten el uso de dicho inmueble, de conformidad con lo previsto en los artículos 16, 17, 18, 19, 20 y 24 de la ley N° 19.175, por tanto, no ha resultado procedente que aquella autoridad regional haya utilizado el citado inmueble para tales efectos».
Por consiguiente, «el GORE deberá adoptar, en lo sucesivo, las medidas necesarias para la correcta utilización de su edificio institucional y asegurar que este sea empleado para el fin público, así como de las labores de los funcionarios que se desempeñan en ese servicio, dando estricto cumplimiento a lo señalado en el presente oficio«
«No obstante, se ha estimado necesario recordar a esa autoridad regional que, si en sus acciones considera pertinente intervenir en materias atingentes a problemáticas de la región, que no estén comprendidas dentro del ámbito de sus atribuciones, deberá arbitrar las medidas necesarias para perseverar en la debida coordinación con los organismos de la Administración del Estado responsables, observando en todo momento las facultades y mecanismos que otorga al efecto el ordenamiento jurídico vigente«.
Finalmente, y sobre las denuncias, Contraloría dijo que tras los reclamos presentados por la comunidad sobre el lienzo «se debe puntualizar, que en razón del principio de inexcusabilidad, establecido en el artículo 14 de la ley N° 19.880, dicha repartición deberá, en adelante, remitir esa clase de requerimientos a las autoridades a quienes corresponda su conocimiento y resolución».
Si quieres conocer el documento , ingresa al siguiente link.
https://vilasradio.cl/wp-content/uploads/2023/04/E328046-Ref.803968-22yotras-1.pdf