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DESDE HOY OPERA LA LEY DE INHABILIDAD PERPETUA PARA ABUSADORES INFANTILES EN CHILE

El Ministerio de Justicia confirmó que desde hoy sábado 5 de febrero se publicará en el Diario Oficial la ley que perfecciona el Registro de Ofensores, y que establece la inhabilidad perpetua para trabajar con niños, niñas y adolescentes a todas las personas que hayan cometido abusos infantiles.

Además, la próxima semana cumplirá con este último trámite la iniciativa que impide acceder al beneficio de rebaja de condenas a quienes cometan delitos sexuales en contra menores de edad.

El Gobierno destacó que estas normativas «se complementan con la Ley de Imprescriptibilidad de los Delitos Sexuales en contra de niños, niñas y adolescentes, y con el proyecto de ley que tipifica la explotación sexual comercial infantil».

El ministro (s) de Justicia y Derechos Humanos, Sebastián Valenzuela, dijo que «estas nuevas leyes se insertan en una política que ha sido un eje de nuestro ministerio: modernizar nuestra justicia penal, para poner a los niños, niñas y adolescentes primeros en la fila, y en lo particular, para resguardar plenamente su indemnidad y libertad sexual».

En específico, ahora no podrán acceder a rebajas de condenas quienes hayan cometido los siguientes delitos del Código Penal:

Apremios ilegítimos u otros tratos crueles, inhumanos o degradantes con violación o abuso sexual agravado
Violación propia
Violación a persona menor de 14 años
Estupro
Abuso sexual agravado
Abuso sexual propio
Abuso sexual a persona menor de 14 años
Corrupción de menores
Producción de material pornográfico infantil
Promoción o facilitación de la prostitución de menores
Obtención de servicios sexuales por parte de personas menores de edad
Comercialización, difusión y adquisición o almacenamiento de material pornográfico infantil
Trata calificada de personas, en relación con la explotación sexual
Robo con violación

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