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FALLO DE LA HAYA ES FAVORABLE A CHILE

Leyendo una versión abreviada del fallo que entregó la Corte Internacional de Justicia de La Haya sobre el caso del río Silala que había entre Chile y Bolivia, su presidenta, declaró que el río es un cause internacional.

Es así como el tribunal indicó que Bolivia acogió la mayoría de las solicitudes del equipo jurídico nacional, no siendo necesaria una sentencia. También se desecharon las contrademandas del país vecino, como el pago por el uso del agua.

Joan Donoghue, presidenta de la Corte Internacional de Justicia de La Haya, fue la encargada de leer la sentencia del caso que mantenía Chile con Bolivia por el uso de las aguas del río Silala, siendo favorable para la postura presentada por el país. La autoridad dio cuenta del acuerdo que el tribunal observó entre ambas partes durante los alegatos orales en la mayoría de las demandas presentadas por nuestro país, por lo que constató que el cauce es un rio internacional, que Chile tiene derecho a su uso equitativo y razonable y que ambas partes deben promover su cuidado.

Durante la lectura se dio cuenta de una serie de acuerdos que el mismo tribunal constató entre ambas partes, dando la razón de esa forma a los primeros tres puntos de la demanda de Chile. «La Corte constata que Bolivia reconoce que las aguas del Silala se clasifican como un curso de agua internacional. También consta que mantiene que las características únicas del rio deben tenerse en cuenta a la hora de aplicar las normas del derecho internacional consuetudinario (usual)», dijo la jueza.

En cuanto al uso equitativo y razonable del caudal, el tribunal señaló que «durante el procedimiento quedó claro que las partes concuerdan que en ese principio se aplica a toda el agua del Silala, independiente de su característica natural o artificial y que las partes acuerdan que tienen derecho al uso equitativo y razonable según el derecho internacional consuetudinario». Sobre la tercera solicitud de Chile para que se juzgue que tiene derecho al uso actual que hace de las aguas del rio, indicó que «la Corte constata que las partes se han puesto de acuerdo en esta conclusión (…) por lo que no está llamada a pronunciarse», dando la razón a nuestro país.

Sobre la obligación de Bolivia de cuidar y prevenir daño ambiental sobre el cauce, «la Corte considera que en el curso del procedimiento las partes han concordado en cuanto al fondo de la alegación de Chile. Así pues, concluye que la alegación ya no tiene objeto y que no debe pronunciarse sobre ella».

La Corte detectó un «desacuerdo de facto y de jure» entre las partes sobre al alcance de la obligación de notificar y consultar con arreglo al derecho internacional los usos del rio, subrayando que Chile no ha presentado evidencia de que Bolivia haya causado daño al cauce y que no todo daño genera obligación de consulta.

El pronunciamiento de la Corte duró casi una hora, el Presidente Gabriel Boric observó el fallo junto a otras autoridades como la ministra de Relaciones Exteriores, Antonia Urrejola; el presidente del Senado y la cámara de Diputados, Álvaro Elizalde y Vlado Mirosevic; el titular de la Corte Suprema, Juan Eduardo Fuentes, entre otros. El presidente Gabriel Boric valoró la resolución del organismo y dijo que se trató de un fallo «sólido y fundamentado que es favorable a lo que ha sostenido el Estado de Chile». El mandatario agregó que «Chile fue por certeza jurídica a la Corte y la obtuvo».

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