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EL AUMENTO DE NIÑOS LIMOSNEROS EN LAS CALLES PRODUCTO DE LA MIGRACIÓN

Algo que habíamos dejado de ver tan a menudo hoy en día es más común en el Paseo Baquedano, playas, supermercados, semáforos y lugares de alta concurrencia de personas en la Región de Tarapacá. Niños pidiendo dinero o vendiendo artículos para conseguir un par de monedas pasó a ser algo cotidiano y no sólo en la región, sino que en la macro zona norte y con un aumento producto de la migración.

Si bien existen leyes que protegen la integridad de los menores en Chile, sea cual sea su nacionalidad, la mayoría de estos que pertenecen a un grupo familiar por diversas circunstancias en sus vidas realizan actividades de este tipo, sin el resguardo necesario para su integridad. Sólo basta con detenerse en la ciudad y ver a diario lo que ocurre en las esquinas de los principales paseos.

Ante esta situación, Vilas Radio 100.1 FM Iquique y 98.1 FM en Arica buscó una respuesta por parte de las autoridades correspondientes.

 Desde el equipo de comunicaciones de la Delegación Presidencial de Tarapacá se excusaron de poder entregar una respuesta de parte del delegado, Daniel Quinteros, derivando la consulta a “Mejor Niñez” institución creada hace unos meses, lugar donde tampoco pudimos obtener una respuesta.

Buscando antecedentes de lo que ocurre en la actualidad, solicitamos antecedentes a la Defensoría de la Niñez, institución creada en el año 2018 bajo la Ley 21.067, promulgada el 22 de enero de ese año, pero que hasta el día de hoy sólo funciona con oficinas a través de macrozonas en el país.

Según antecedentes aportados por la institución a Vilas Radio, bajo el último estudio realizado por la entidad en marzo de este año, la situación que vemos se debe “a que ha existido un aumento importante en poco tiempo de la cantidad de niños, niñas y adolescentes migrantes acompañados de sus familias, el que ha generado, dentro de varios efectos de esta crisis humanitaria, un aumento de la situación de calle de éstos”.

NIÑOS EN LA CALLE

En el reporte sobre migración y niños en situación de calle, el organismo explica que el Observatorio de Derechos de la Defensoría de la Niñez ya identificó en 2021 esta situación a partir de la consulta a variadas municipalidades que entregaron una alerta desde 2020.

“Por ejemplo, la Municipalidad de Arica identificaba en sus catastros a 52 niños/as en esta situación acompañados de sus familias, de un total de 151. Asimismo, Vallenar informó que “dada la contingencia sanitaria del Covid 19 y el aumento de ingreso al país de y familias inmigrantes en situación irregular y por pasos no habilitados, lo cual lleva a un aumento de denuncias anónimas, en relación a visualización de niños y niñas (NNA) en las calles de la comuna acompañados de adultos en situación de cesantía y desempleo».

Asimismo, la información recogida en el informe deja de manifiesto que “en particular es que las respuestas estatales para este grupo de la población son escasas. Si bien la Observación General del Comité de los Derechos del Niño “Sobre los Niños de la Calle” la definición de esto abarca tanto “los niños que dependen de la calle para vivir y/o trabajar, ya sea por si solos, con otros niños o con su familia”, la respuesta está concentrada en los dos primeros, invisibilizando la situación de calle de niños/as acompañados”, dice en un extracto este documento.

CIFRAS

El Conteo Nacional de Niños, Niñas y Adolescentes bajo el reporte indica 547 niños, niñas y adolescentes se encuentran en situación de calle sin la compañía de un adulto responsable. Desde esta base se debían adicionar a 158 que a la fecha del conteo estaban acompañados por su familia en el Registro Social de Hogares (RSH). Y con respecto a este registro se tiene otro problema. La Nota Técnica detalla que la cantidad de niños, niñas y adolescentes en situación de calle acompañados por sus familias se mantiene similar llegando a un total de 174 en 2020, que es la misma cifra de 2019 y en gran parte concentrados en la Región Metropolitana.

En tanto,  el conteo también señala que Arica notifica por ejemplo en 2020 a 52 niños, niñas y adolescentes en esta situación (acompañados de sus familias), el Registro Social de Hogares consideraba a solo 16. En Iquique se notificaron 68 casos, mientras que el RSH solo a una persona. En Vallenar se tenían catastrados a 28 niños/as y el RSH a ninguno.

Mientras el RSH tiene problemas para registrar en general la situación de calle de niños, niñas y adolescentes. Según el propio reporte del Plan de Acción de Niñez y Adolescencia 2018-2025.  se carece de las facultades legales necesarias para el Ministerio de Desarrollo Social y Familia ya que “bajo la normativa vigente (legal, reglamentaria y administrativa) no sería posible incorporarlos al (anexo Personas en Situación de Calle), por carecer de facultades legales para el levantamiento de dichos datos y de la autorización legal expresa a la que refiere el artículo 10 de la Ley ° 19.628.

En enero de 2022, el Observatorio de Derechos de la Defensoría de la Niñez publicó la Nota Técnica N°4 sobre Niños, niñas y adolescentes en situación de calle: factores y caracterización en los últimos años, el cual realiza una caracterización más reciente sobre esta situación, tanto en niños, niñas y adolescentes solos, con otros niños, pero también acompañados de sus familias, identificando en estos últimos importantes diferencias entre el nivel central y municipal a nivel de catastros y registros, así como un nulo avance legal y normativo que pueda mejorar esta situación, y que redunda en un menor acceso a prestaciones sociales.

El análisis desarrollado, deja de manifiesto aspectos a considerar por la situación infantil que vive el país y el norte en particular, identificando ciertos aspectos a considerar como la falta de recursos en programas destinados para resguardar la seguridad de los menores.

“El cambio presupuestario y de ubicación de los programas han generado más dudas que certezas en quienes los implementan, en materia presupuestaria, de gobernanza y ejecución de estos, todo lo que impacta severamente en la posibilidad de atender, de manera debida y con pleno resguardo de los derechos humanos a los niños, niñas y adolescentes en situación de calle. Por esta razón, la Defensoría de la Niñez el 18 de enero de 2022 emitió un Oficio a la Subsecretaría de la Niñez solicitando responder estas dudas, el cual no ha tenido respuesta por parte del organismo”, dice en uno de sus párrafos el documento.

Tras el análisis completo a programas y soluciones, la Defensoría de la Niñez deja ciertos requerimientos a organismos del Estado, pero además detalles para mejorar los programas, lo que a continuación compartimos

La Subsecretaría de la Niñez, a partir de la Política Nacional de Niñez y Adolescencia y su Plan de Acción considera la perspectiva de interculturalidad como enfoque relevante de su conformación, e incluya una sección específica para que todos los actores a nivel de poderes del estado y niveles de éste respeten, protejan y cumplan con sus obligaciones de derechos humanos. Esto debe coordinarse con otros instrumentos tales como el Plan Nacional de Derechos Humanos y la coordinación llevada a cabo por el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, así como el Servicio Nacional de Migraciones. Esto debe incluir la complementación de la futura ley que crea el Sistema de Garantías y Protección Integral de la Niñez y Adolescencia con la Ley N° 21.325 de Migración y Extranjería, recientemente promulgada.

2.            Que, el Ministerio de Desarrollo Social y Familia fortalezca las políticas, planes y programas destinadas a seguridad social e incluyan acciones que permitan proteger un piso de protección social a familias y niños, niñas y adolescentes migrantes. Esto implica revisar aspectos tales como entrega de beneficios de ingresos, fortalecer inscripción en registros administrativos, apoyo en situaciones de emergencias, fortalecimiento de su inclusión en sistema nacional de cuidados y subsistema Chile Crece Contigo, políticas para familias en situación de calle migrantes juntos a sus hijos/as y otros.

3.            Que, el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, fortalezca políticas habitacionales que además de focalizarse en el acceso, también acompañen en el proceso de obtención o arriendo de viviendas, ya que las familias migrantes cuentan con menos herramientas para la realización de trámites, obtención de arriendos justos, etc.

4.            Que, el Ministerio de Educación, a partir de un fortalecimiento y reedición de la Política Nacional de Estudiantes Extranjeros fortalezca las acciones para la implementación de acciones de acogida, inclusividad, abordaje curricular, acompañamiento a la educación superior, participación y convivencia, apoyo de reinserción educativo y apoyo idiomático.  Cabe destacar que entre 2014 y 2019 la matrícula migrante ha aumentado en un 616%

5.            Que, el Ministerio de Salud, fortalezca las capacidades de sus redes de atención para tener capacidad de respuesta al aumento de la población migrante y generar un plan de acción que permita reducir la cantidad de niños, niñas y adolescentes que no reciben atención requiriéndola. Esto involucra una mejor consideración en la planificación sanitaria, como la capacidad de ésta de incorporar protocolos de interculturalidad, entre otros.

Protección contra la violencia y discriminación: focos importantes

1.            Que, el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, fortalezcan las acciones para prevenir y actuar coordinadamente frente a las situaciones de trata y explotación sexual comercial. Esto involucra identificar zonas del país con mayor riesgo de esta violación de derechos y establecer planes especializados de intervención territorial en conjunto con los actores locales, las Oficinas Locales de la Niñez y regionales.

2.            Que el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, incluya, a partir de una acción coordinada entre las Subsecretarías de Servicios Sociales y de la Niñez, para el acogimiento de emergencia de familias migrantes en situación de calle, generando planes de acompañamiento e intervención hacia niños, niñas y adolescentes. Esto involucra identificar zonas del país con mayor riesgo de esta violación de derechos y establecer planes especializados de intervención territorial en conjunto con los actores locales, las Oficinas Locales de la Niñez y regionales.

3.            Que el Servicio Nacional de Protección Especializada a Niños, Niñas y Adolescentes fortalezca de manera transversal y con especial foco en las regiones del norte del país, en donde los porcentajes de niños, niñas y adolescentes migrantes superan el 10% de los atendidos/as, un abordaje especial de la situación y la inclusión del enfoque intercultural, a partir de la inclusión expresa de la temática en las agendas de coordinación regional y local de las redes intervinientes.

A nivel de procedimientos de regularización y procesos migratorios

4.            Que, el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, establezca procesos administrativos claros, que se encuentren escriturados, que sean de conocimiento de la población migrante, tanto los procedimientos como las causales de la expulsión y que, dentro de los mismos, se incorpore de manera efectiva el interés superior del niño, que es un principio, pero también un derecho y una norma de procedimiento.

a.            Que estos procedimientos incorporen de manera expresa y efectiva el derecho de participación y de ser oído del niño, niña o adolescente que se verá afectada, debiendo la autoridad administrativa, oírle y resolver conforme a su interés superior.

b.            Que se establezca un procedimiento expedito sobre el otorgamiento de permisos de residencia a niños, niñas y adolescentes, para el resguardo de sus derechos.

c.            Que estos procedimientos, y la autoridad migratoria, hagan efectiva la obligación internacional, relativa a que los derechos de niños, niñas y adolescentes no se pueden ser afectados a causa de la irregularidad migratoria de padres/madres/adultos responsables.

5.            Que el Poder Ejecutivo en su conjunto, en particular Interior y Seguridad Pública, Ministerio de Desarrollo Social y Familia, Ministerio de Relaciones Exteriores entre otros revise las actuales normativas para los procesos migratorios, incluyendo la firma y de Pacto de Marrakech para una Migración Segura, Ordenada y Regular.

6.            Que el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, establezca procedimientos de abordaje del control fronterizo migratorio que deban implementar acciones de auxilio inmediato según la condición humanitaria de las familias y niños, niñas y adolescentes.

Frente a todo lo descrito en este reportaje, aún nos queda la duda si las autoridades de Tarapacá, encabezadas por el delegado presidencial, Daniel Quinteros y que deben velar por la vida sana, inclusión de los niños, niñas y adolescentes aún no tienen nada que decir al respecto…

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