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LEY DE MIGRACIÓN AVANZA: SE AMPLÍAN LAS CAUSALES DE EXPULSIÓN

La Ley 21.325 sobre Migración y Extranjería avanzó estableciendo nuevos límites al ingreso de migrantes y la nacionalización, además de ampliar las causales de expulsión y revocación de permisos de residencia, entre otras materias, luego de la discusión y votación en la Comisión de Gobierno Interior de la Cámara de Diputadas y Diputados.

Así, durante la sesión de ayer, se incorporaron nuevas causales para prohibir el ingreso de migrantes y ampliar los criterios de expulsión, como, por ejemplo, a las condenas por delitos de violencia intrafamiliar y quienes hayan cometido un crimen o tengan procesos pendientes en el extranjero.

Asimismo, el proyecto de ley propone ampliar las causales de expulsión del país para extranjeros titulares de permanencia transitoria y que hayan cometido crimen o simple delito en el extranjero, o bien, se encuentren con procesos judiciales pendientes en el extranjero.

EXPULSIONES

También propone establecer un procedimiento que habilite la ejecución de la medida de expulsión administrativa dictada por el subsecretario del Interior cuando exista un proceso judicial pendiente.

NACIONALIZACIÓN

Junto con ello, en el ámbito de la nacionalización, se propone modificar Ley 21.325, en relación con la nacionalización calificada. Esta modificación consiste en aumentar el período de residencia requerido para optar a nacionalización en el país.

DE LA PROMOCIÓN Y RESPETO A LOS DERECHOS

A su vez, aquellas se aprobaron causas referidas a la promoción y al respeto de derechos.

Entre ellas, se establece que el Estado propenderá, sin desmedro de los derechos de los nacionales, a proteger y respetar los derechos humanos de las personas extrajeras que se encuentren en Chile.

Además, instaura que el Estado deberá asegurar a los extranjeros la igualdad ante la ley y la no discriminación arbitraria.

También, se aprobó una indicación referida a igualdad de derechos y obligaciones. Se establece que el Estado garantizará, respecto de todo extranjero, la igualdad en el ejercicio de los derechos, sin perjuicio de los requisitos y sanciones que la ley establezca para determinar casos. Es decir que, existiendo las mismas condiciones económicas, sociales y de vulnerabilidad, la situación migratoria no será una circunstancia de ventaja con respecto a los nacionales.

En otro ámbito, el texto establece normas referentes al interés superior del niño, niña y adolescente (NNA).

De tal modo, se instaura que, tratándose de NNA del Estado de Chile, a través de sus organismos pertinentes, podrá solicitar la colaboración a los organismos internacionales para efectos de recibir la asistencia requerida o que sea necesaria. Las respuestas a estas solicitudes de colaboración serán difundidas de acuerdo con lo que defina el reglamento, sin perjuicio de la regulación que establezcan las leyes sobre protección de datos y de la vida privada.

Fuente: Cámara de Diputadas y Diputados.

Josefa Herrera, periodista iquiqueña de 29 años. Diplomada en Comunicación Digital y Magíster (c) en Comunicación Corporativa. Sobre todo, mamá y tejedora siempre.

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