
El Tribunal Ambiental concluyó la recepción de pruebas tras dos jornadas de crudos testimonios de la Comunidad Aymara de Casablanca y expertos, quienes denunciaron la destrucción irreversible del cementerio prehispánico “Gentilar Los Hornos”. En tanto, el Consejo de Defensa del Estado descartó los daños e invocó la prescripción de la causa.
Una profunda y compleja batalla legal que cruza el desarrollo de obras hidráulicas estatales con el irrestricto respeto al patrimonio de los pueblos originarios se encuentra en su etapa crucial. El Tribunal Ambiental concluyó dos extensas jornadas de audiencias destinadas a la recepción de pruebas testimoniales en el marco de la demanda por presunto daño ambiental que afecta al complejo arqueológico “Gentilar Los Hornos”, un invaluable cementerio prehispánico ubicado en la comuna de Huara, al interior de la Región de Tarapacá.
La instancia judicial se inició con un llamado formal a conciliación por parte de los ministros. Aunque tanto la comunidad indígena demandante como la contraparte estatal manifestaron su total disposición a explorar un entendimiento directo, acusaron que aún no existe un documento definitivo, abriendo la puerta a solicitar que el propio tribunal actúe como mediador y redacte las bases de un eventual acuerdo. Ante la falta de un pacto inmediato, los magistrados ordenaron dar curso a la presentación de los testimonios, donde siete testigos clave —entre comuneros, inspectores públicos y científicos de renombre internacional— expusieron visiones diametralmente opuestas sobre el impacto de un contrato vial del Ministerio de Obras Públicas (MOP).
El litigio apunta directamente a determinar las responsabilidades de la Dirección de Obras Hidráulicas (DOH) y de su empresa contratista, RBD Hermanos SpA, durante la ejecución del proyecto público de infraestructura denominado “Conservación de Obras de Atraviesos Canales Fiscales Región de Tarapacá”, faenas que habrían destruido monumentos nacionales protegidos por el Estado chileno.
Visiones de la comunidad: Maquinaria pesada y restos óseos a la intemperie
Durante el primer bloque del juicio, la Comunidad Indígena Aymara de Casablanca desplegó una cruda línea argumental para demostrar el impacto destructivo del proyecto. Tres comuneros que ejercieron como testigos presenciales relataron cómo intentaron alertar a la constructora antes del desastre, acusando una total indiferencia corporativa. “El daño es irreversible, permanente, sin posibilidad de recuperación alguna, ya que consistió en el paso de maquinaria con oruga que dejó en exposición restos humanos, restos de sepulturas y tejidos que quedaron expuestos con el consiguiente deterioro”, fustigó con dolor el testigo Natalino Papic Tiaina, detallando que las ráfagas de viento y el crudo clima del desierto aceleraron la degradación de los cuerpos desenterrados a fines de 2020.
La estocada técnica de la demandante llegó de la mano de un experto de alto nivel. El arqueólogo Luis Pérez Reyes, Magíster en Paleontología y candidato a PhD por la prestigiosa Universidad de Bonn (Alemania), compareció ante el estrado para exponer las conclusiones de su peritaje en terreno. Su diagnóstico científico fue demoledor al confirmar que las excavaciones mecánicas quebraron el tejido histórico y sagrado de la etnia nortina.
“Hubo intervención de un cementerio y se dejaron los restos expuestos, lo que es fuerte, más cuando hubo restos humanos que se perdieron. Este contexto ya se perdió, estas tumbas no se van a reconstruir y los contextos funerarios no se van a reocupar. Lo más grave son los contextos funerarios, porque son restos sensibles que están dentro de un sistema de creencias que sigue activo”, argumentó el facultativo ante los ministros del tribunal.
La defensa del Estado: Obras críticas en pandemia y falta de línea base
En la contraparte, el Consejo de Defensa del Estado (CDE), actuando en representación jurídica del MOP, articuló una férrea estrategia para desestimar la existencia de un delito ambiental o negligencia institucional, argumentando que las obras poseían un carácter humanitario y urgente para el abastecimiento de agua de las localidades rurales del interior de Iquique.
Jacqueline Saravia, funcionaria pública que operó como la inspectora fiscal asignada al polémico contrato, atestiguó que el Estado no actuó de mala fe. “Al momento de preparar la licitación, no había antecedentes referidos a que hubiera un sitio arqueológico, un monumento o alguna circunstancia especial. Cuando se hizo reunión con la comunidad, no hubo ningún tipo de alerta”, argumentó la ingeniera, recordando que las faenas se ejecutaron bajo las severas restricciones de movilidad de la pandemia del Covid-19 y que, de no haberse intervenido el canal fiscal Caihua–Quillahuasa, cientos de agricultores de la quebrada se habrían quedado sin el recurso vital.
Por su parte, el coordinador de proyectos de la DOH, Sebastián de la Rivera, testificó que la faja de tierra intervenida no correspondía a una ruta formal, sino a una «huella transitoria» necesaria para evitar el aislamiento logístico de pueblos precordilleranos como Pachica y Laonzana. De la Rivera reconoció que, al viralizarse denuncias en redes sociales, el MOP concurrió al lugar: “Observamos elementos que se relacionaban con la huella habilitada, pero no podíamos dar fe de que correspondieran a restos arqueológicos, considerando además que en zonas desérticas es frecuente encontrar diversos restos en superficie”, matizó ante el tribunal, asegurando que apenas se constató el riesgo real se ordenó el cierre perimetral de emergencia.
Alegatos de clausura: Omisión culpable versus prescripción extintiva
En la etapa de clausura y conclusiones, los equipos jurídicos quemaron sus últimos cartuchos. La abogada de la comunidad aymara, Paulina González, acusó formalmente al MOP de incurrir en una «omisión culpable en el diseño de las bases de licitación, al no haberse consultado previamente al Consejo de Monumentos Nacionales», argumentando que el Estado chileno ignoró de forma negligente la conocida riqueza arqueológica de la Región de Tarapacá. La demanda exige medidas de reparación históricas: el alzamiento de un Museo de Sitio, la restitución física del área de excavación, el cierre definitivo con señalética y una masiva campaña de difusión patrimonial financiada por el fisco.
Por su parte, el abogado del Consejo de Defensa del Estado, Agustín Telló, solicitó el rechazo inmediato y con costas de la acción judicial. Además de sostener que no existe un nexo causal claro entre los camiones de RBD Hermanos SpA y el cementerio, golpeó la mesa con una excepción jurídica de fondo: argumentó que opera la prescripción extintiva de la acción, considerando el amplio tiempo transcurrido desde que los hechos se hicieron evidentes.
Tras el cierre del debate, los ministros del Tribunal Ambiental iniciaron el proceso de estudio de las actas. En las próximas semanas, la judicatura especializada resolverá si dicta medidas probatorias autónomas —como una inspección personal de los jueces directamente en las arenas de Huara— o si el estado de la causa permite dictar una sentencia definitiva que siente un precedente sobre la protección indígena y el resguardo de los vestigios ancestrales en el norte de Chile.




