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TRABAJADORES DE LA FERIA NAVIDEÑA DEBERÁN PAGAR IVA SI ES QUE NO TIENEN INICIO DE ACTIVIDADES EN EL SII

Don Víctor vende aros y pulseras todos los años en la Feria Navideña, pero ahora teme estar en problemas.

Esto, debido a que el Servicio de Impuestos Internos (SII) indicó que los trabajadores que, sin tener inicio de actividades participarán en ferias navideñas, deberán pagar el IVA.

Para aquello, el SII dispuso en su sitio web una calculadora para la Tasación de Actividades Esporádicas, una herramienta digital pensada para este grupo de personas.

«Todos sabemos la situación económica del país en este momento. En realidad el país ha crecido muy poco y bueno, yo trabajo todos los años acá y yo soy de la tercera edad, tengo poca opción de buscar un trabajo estable por la discriminación que existe hacia una persona adulta. Ya no nos dan trabajo. Entonces tengo que buscar opciones para generar dinero y subsistir. Tengo una pensión mínima, solidaria, y con eso no alcanza para nada», señaló don Víctor.

Añadió que el tema lo tiene complicado porque él, junto a otros vendedores de la Feria Navideña, son «pequeñas pymes».

Añadió que «impuestos Internos viene y nos tasa. Nos hace una tasación. Y por otro lado también está el tema de la compra por transferencia (…) Uno se pone a pensar: ¿tendré ganancia después de todo esto? porque hay que pagar un permiso municipal, un arriendo del terreno y ahora los impuestos».

De acuerdo con don Víctor, muchas personas de las que se instalan en la feria «salen a pérdida», incluso, mucho que se quedan durante el verano, deciden irse en enero «porque no tienen ganancias. No es rentable, por lo mismo, por los impuestos, el permiso municipal y el arriendo».

EL COBRO DE LOS IMPUESTOS

Según el SII, el cálculo sobre cuánto IVA deberán pagar los contribuyentes se calcula sobre los datos de la actividad a realizar, ventas estimadas, duración del evento, permiso municipal, entre otros.

Así la calculadora del SII determinará el IVA que le corresponde pagar.

Una vez realizado ese pago, el contribuyente recibirá inmediatamente un certificado digital como comprobante que está autorizado a realizar la actividad comercial y con la obligación tributaria al día.

Josefa Herrera, periodista iquiqueña de 29 años. Diplomada en Comunicación Digital y Magíster (c) en Comunicación Corporativa. Sobre todo, mamá y tejedora siempre.

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