NacionalNoticias

SII: BANCOS INFORMAN, NO SOLO SOBRE LAS 50 TRANSFERENCIAS A CLIENTES, TAMBIÉN, OTROS MONTOS Y MOVIMIENTOS

Con la norma de las 50 transferencias, donde los bancos e instituciones financieras deben informar al Servicio de Impuestos Internos (SII) los movimientos bancarios desde una cierta cantidad registrada, los bancos han comenzado a recordar e informar a sus clientes los alcances de otra ley, publicada en 2022, que también establece la obligación de reportar saldos tras registrarse una cantidad determinada de factores.

Recordemos que, en junio de 2022, se publicó la Ley N° 21.453, que modifica aspectos del Código Tributario. En esta modificación, se establece que diversas empresas financieras deberán informar al SII sobre los saldos o sumas de abonos “únicamente” cuando, de forma individual o en su conjunto, registren un monto diario, semanal o mensual igual o superior a las 1.500 Unidades de Fomento (UF), “sin atender para estos efectos al número de titulares a que pertenezcan”.

La obligación recae para personas naturales (personas clientes de un banco), jurídicas (empresas u organizaciones) o “patrimonios de afectación, con domicilio o residencia en Chile o que se hayan constituido o establecido en el país”.

Según se señala la ley, son las “cuentas corrientes bancarias, depósitos a plazo, depósitos a la vista o vales vista” y cuentas a la vista.

Además, se incluyen también las cuentas de ahorro a plazo, cuentas de ahorro a la vista, cuentas de ahorro a plazo para la vivienda, cuentas de ahorro a plazo con giros diferidos, y cuentas de ahorro a plazo para la Educación Superior reguladas por el Banco Central de Chile conforme al artículo 35, N° 1, de su ley orgánica.

¿Qué instituciones deben reportar al SII?

Los bancos y cooperativas de ahorro y crédito que estén sujetos a la fiscalización de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), el ente regulador local.

Además, las cooperativas de ahorro y crédito que estén fiscalizadas por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo también deberán informar al respecto, junto con las compañías de seguro y las entidades privadas de depósito y custodia de valores.

Por último, según lo establecido en la Ley N°21.453, la información debe ser enviada al SII de forma anual, y dentro de los 15 primeros días del mes de marzo de cada año y el informe contendrá los detalles sobre los saldos y sumas de abonos durante el año calendario anterior.

Leslie Vega

Leslie Vega Rodríguez. Periodista. Asesora Comunicacional. Locutora - Natural como los desastres, un 10° en escala Richter. #LuaLover #Mamá #Adopta

Artículos relacionados

Botón volver arriba