LocalNoticias

SEGUNDO GRUPO DEL “CASO LUMINARIAS” CUMPLIRÁ CONDENA EN LIBERTAD VIGILADA INTENSIVA: FELIPE ARENAS IRÁ A JUICIO ORAL SIMPLIFICADO

En la audiencia de procedimiento abreviado a los imputados por el llamado “Caso Led”, en esta jornada se continuó con los ordenamientos del exconcejal Guillermo Cejas, el funcionario municipal Tomás Vodnizza y el particular José Hidalgo. Por su parte, la defensa de Felipe Arenas señaló que no irá a procedimiento abreviado y se agenda preparación de juicio oral simplificado para el 18 de marzo.

De esta manera, Guillermo Cejas Valenzuela y Tomás Vodnizza Figueroa fueron condenados a 3 años y un día de presidio, como autores del delito de fraude al fisco, inhabilitación absoluta temporal para cargos y oficios públicos por 10 años; inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena; y una multa de 50 UTM (3 millones 217 mil 150 pesos).

Además, el tribunal condenó a Cejas a 541 días de presidio, inhabilitación absoluta temporal para cargos y oficios públicos por el término de 10 años, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo que dure la condena; y multa de 25 UTM (1 millón 608 mil 575 pesos), como autor del delito reiterado de cohecho; y a 150 días de presidio, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y multa 25 UTM como autor del delito de lavado de activos.

Asimismo, condenó a Vodnizza a la pena de 300 días de presidio, inhabilitación absoluta temporal para cargos y oficios públicos por 10 años y multa de 25 UTM como autor del delito reiterado de cohecho; a 61 días de presidio, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y una multa de 25 UTM como autor de lavado de activos; y 300 días de presidio y multa de 21 UTM como autor del delito de violación de secreto.

De las condenas comunicadas en esta jornada, informaron que el cumplimiento se realizará con libertad vigilada intensiva.

Asimismo, el tribunal condenó también a José Hidalgo Abarzúa a la pena de 541 días de presidio, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo que dure la condena y multa de 25 UTM, con el beneficio de remisión condicional de la pena por 18 meses, como autor del delito de lavado de activos.

Artículos relacionados

Botón volver arriba