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RECHAZAN APLICAR LEY NAÍN-RETAMAL EN BENEFICIO DE EXCARABINERO QUE CEGÓ A FABIOLA CAMPILLAI

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Bernardo rechazó la solicitud de revisión de sentencia y pena presentada por la defensa del excapitán de Carabineros Patricio Maturana, condenado a más de 12 años de cárcel por cegar a la hoy senadora independiente Fabiola Campillai durante el estallido social.

Los magistrados Juan Madrid Pozas, María Pilar Valladares y Katiuska Sobarzo no dieron lugar a la eximente de la legítima defensa completa -es decir, la denominada Ley Naín-Retamal- invocada por la defensa de Maturana, que argumentó que los apremios ilegítimos con resultado de lesiones graves gravísimas por los que fue condenado «dejaron de ser hechos injustos en términos jurídico penales y, por tanto, dejan de tener una pena asociada», indica el Poder Judicial.

La resolución sostiene que la sentencia no será revisada ya que la misma «descarta la existencia de una agresión en contra de los propios funcionarios de Carabineros, circunstancia que hace inaplicable la causal de justificación en análisis en cualquiera de sus variantes, por cuanto no concurre este requisito de la esencia de la eximente invocada».

«A mayor abundamiento, se estableció en la misma decisión jurisdiccional que no hubo agresión, menos ilegítima, por parte los manifestantes que se encontraban presentes en el lugar, incluida la víctima en esta causa, desde luego, lo que unido al hecho que se acreditó que el sujeto activo actuó dolosamente (…) impide eximirlo de responsabilidad o atenuar la pena», cierra el fallo.

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