PRODUCTOS ESENCIALES: LISTADO DE LO QUE PODRÁS COMPRAR EN COMUNAS EN CUARENTENA
Finalmente, el Gobierno de Chile dio a conocer la lista de productos y bienes esenciales que podrán ser comprados y entregados en comunas que se encuentren en cuarentena (fase 1), o durante los fines de semana en aquellas que están en Transición (fase 2). Esta información fue comprometida por la subsecretaria de Prevención del Delito, Katherine Martorell, originalmente para el martes.
Pese a una primera modificación al instructivo de permisos de desplazamiento durante la tarde del martes, no fue hasta cerca de la medianoche en que se actualizó nuevamente la información.
¿Qué es un bien esencial desde uso doméstico? De acuerdo con el instructivo de desplazamiento que entra en vigencia este miércoles 7 de abril, se trata de “aquellos bienes o servicios que tienen por fin ser utilizados por las personas dentro del domicilio, en comunas que se encuentren en Pasos 1 o 2 (sábado, domingo y festivos) del Plan Paso a Paso, y que son imprescindibles para la subsistencia, el teletrabajo, la educación a distancia o el funcionamiento, conservación y seguridad del inmueble”.
Las autoridades publicaron un listado que funcionará “a modo de ejemplo y ser taxativos” de aquellos bienes que deben considerarse en esta categoría.
Los productos o categorías no mencionadas en este listado no podrán ser comercializadas en el comercio presencial, como supermercados, minimarket, almacenes o tiendas de mejoramiento del hogar, que siguen funcionando en cuarentena. Tampoco pueden ser despachados por las empresas durante este período de 15 días para las compras en línea.
Sin embargo, existe otra novedad: Los emprendedores que trabajen en su propio hogar podrán despachar sus productos utilizando los servicios de empresas de correos y courier, no obstante, las limitaciones anteriores. Esto significa que los comerciantes y emprendedores podrán realizar despachos de productos no esenciales desde sus casas.
Productos esenciales para la subsistencia de la persona
Alimentos y bebestibles: todo tipo de alimentos y de líquidos.
Productos sanitarios: todo tipo de productos farmacéuticos, dispositivos médicos y, en general, cualquier bien y servicio que se relaciones con la prevención, promoción y recuperación de salud y rehabilitación de la persona enferma. Se mencionan medicamentos, termómetros, elementos de rehabilitación kinesiológica, etc.
Productos necesarios para la higiene personal, tales como pasta de dientes, jabón, crema de afeitar, cremas dermatológicas, productos no cosméticos, etc.
En general, cualquiera de los regulados en el Libro IV del Código Sanitario.
Artículos de limpieza: todos los relativos a limpieza y cuidado del hogar, tales como cloro, agua destilada, detergentes, etc.
Artículos necesarios para la Maternidad y primera infancia: tales como ropa y accesorios para recién nacido (incluyendo, chupetes, mantas, etc.) e infantes; ropa y accesorios para mujer en período de embarazo y lactancia; pañales, alimentos de bebe e infantiles, elementos para la protección de bebés e infantes, coches, cunas, etc
Artículos para mascotas tales como alimentos, accesorios de higiene y cuidado.
Artículos para el mantenimiento de jardines, plantas y áreas verdes, tales como mangueras, regadores, plaguicidas, abono, sistemas eléctricos, etc.
Productos del teletrabajo o educación a distancia
De acuerdo con la definición de la autoridad, se consideran productos esenciales aquellos artículos electrónicos y de oficina que sean necesarios para el teletrabajo y la educación a distancia.
Artículos electrónicos, tales como computadores, impresoras, tintas, monitores, dispositivos de almacenamiento y accesorios (por ejemplo, audífonos). Además, estan permitidos los tablet, parlantes y accesorios de audio, celulares, recargas telefónicas, accesorios telefonía, banda ancha móvil, etc.
Artículos de oficina: Librería, libros, artículos de oficina, artículos para manualidades, texto, útiles escolares, juguetes educativos, etc.
Bienes relativos al funcionamiento, conservación y seguridad del inmueble
Artículos de cocina: tales como menaje (ejemplos, ollas, loza, cubiertos, etc.), elementos para la conservación y manipulación de alimentos (ejemplos, utensilios de cocina, papel aluminio); elementos para el desecho de alimentos y residuos (ejemplos, bolsas, basureros), etc.
Productos de dormitorio: El instructivo menciona como ejemplo las camas, ropa de cama, almohadas, colchones, plumones, guateros, etc.
Artículos de baño: tales como toallas, accesorios de baño, cortinas, artículos de limpieza, etc.
Artículos de lavandería: tales como máquinas de lavar, planchas, tenderos y similares, etc.
Electrodomésticos y línea blanca: Tales como productos de uso habitual como aspiradoras, estufas, hervidores, hornos eléctricos, licuadoras, microondas, planchas, tostadores, ventiladores y batidoras. También se mencionan máquina de coser, calefón, cocinas, lavadoras, refrigeradores, secadora, congeladores, etc. Artículos de ferretería: También se consideran productos esenciales aquellos necesarios para la instalación, funcionamiento y conservación de la electricidad, gas, cañerías en el hogar, tales como pinturas, herraje, fijaciones, tubos, conectores, herramientas, accesorios de seguridad, todos los materiales de obra, mantención y reparación de hogares, etc.
Muebles: tales como sillas, escritorios, muebles de dormitorio, comedores, sillones, muebles de trabajo, accesorios, etc.
Iluminación: tales como ampolletas, velas, linternas, generadores, lámparas.
Otros: Pilas y baterías de vehículos, fósforos y encendedores, tabaco, combustibles (ejemplos, gas, carbón, leña, etc.), neumáticos, cable puente de batería, aceites y lubricantes, materiales de mantención de vehículos (ejemplos, ampolletas, focos, elementos de seguridad), etc.
Actualización del permiso para repartidores para repartir productos y bienes esenciales
En los últimos días también se realizaron algunos cambios al permiso para repartidores asociados a través de plataformas de delivery. A mediados del año pasado se había establecido que este permiso tiene una vigencia de un solo día hasta las 23:59 horas. La nómina se presenta directamente por las aplicaciones.
Ante una fiscalización, los repartidores deben presentar ese permiso junto a su cédula de identidad o pasaporte.
Se mantiene la idea de que estos repartidores presten servicios de distribución de productos esenciales como alimentos, medicamentos, entre otros bienes, por medio de las plataformas de delivery. Aunque pareciera ser nuevo este punto, la verdad es que está establecido al menos desde mayo del año pasado, aunque no se estaba fiscalizando en la práctica.
Sin embargo, la autoridad establece de forma explícita que “en comunas en Paso 1 (Cuarentena) o en Paso 2 (Transición), los días sábado, domingo o festivos, solo podrán ser despachados bienes esenciales”, cuyo listado hemos mencionado más arriba. Además, la autoridad señaló que no podrán realizarse retiros en tienda de bienes que no sean esenciales. Comercio electrónico Coronavirus Delivery Destacados Gobierno de Chile Grandes tiendas Ministerio de Salud Supermercados Compartir Tweet
Fuente: Chocale.cl