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LOS RIESGOS Y MULTAS POR CONSTRUIR AMPLIACIONES EVADIENDO NORMATIVAS

La semana pasada por redes sociales circuló una noticia de una casa de 5 pisos en Iquique que, a simple vista, presenta irregularidades en su estructura. Por su parte los vecinos del sector han denunciado a los medios de comunicación que la vivienda es un peligro para las casas colindantes y además han señalado que no tienen permiso de edificación.

La casa tiene serios riesgos de seguridad debido a sus descontroladas ampliaciones, donde las autoridades iquiqueñas ya anunciaron su próxima demolición. El problema de fondo es que la casa tiene una ampliación de cinco pisos, donde se aprecia que no hay ninguna medida de seguridad cumplida.

Sobre los peligros que presentan este tipo de ampliaciones, Cristopher Rodriguez Figueroa, Prevencionista de Riesgos, nos indicó que “las vías de evacuación son uno de los puntos importantes a señalar como uno de los mayores riesgos en este tipo de construcciones. Otro asunto relevante es que el tipo de construcción cumpla con los estándares antisísmicos, además de tener que contar con muros cortafuegos con características especiales para evitar algún tipo de colapso. No debemos olvidar que vivimos en un país altamente sísmico y siempre recomiendo que se asesore por un profesional ingeniero en construcción para hacer este tipo de edificaciones de manera segura”, subrayó el profesional.

Es importante explicar que las propiedades están afectas a un impuesto territorial, cuyo valor se actualiza de acuerdo con las edificaciones presentes en cada predio. Pues bien, si esta información no es actualizada, el SII de acuerdo con el artículo 19 de la ley Nª17.235 de impuesto territorial señala:

En los casos en que, con ocasión de nuevas construcciones, ampliaciones, o instalaciones, deba procederse el cobro retroactivo de contribuciones… aquél se hará efectivo a contar de 1ª de enero del año siguiente al de la correspondiente inscripción de dominio en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces.

Es decir, el SII tiene la facultad de cobrar impuestos (o contribuciones) retroactivas hasta por un plazo de 3 años hacia atrás en caso de construcciones no regularizadas.

En el caso particular de “El pequeño palacio iquiqueño”, la construcción fue levantada durante el periodo de la pandemia y sus dueños la han destinado para el arriendo de inmigrantes que han llegado a la ciudad en el último tiempo.

Por su parte, la Ley General de Urbanismo y Construcción señala que las edificaciones que se ejecutasen sin previo permiso de construcción, desde la publicación de la presente ley, pagaran un recargo del 50% del derecho municipal que correspondiera pagar al momento en que el interesado solicitare regularizar su situación.

Javiera Salinas, presidenta del Colegio de Arquitectos de Tarapacá, al respecto compartió “mucha gente desconoce si debe sacar algún permiso, o cumplir alguna normativa. Las personas lo intuyen, pero no conocen en detalle la norma. Otros casos se dan porque piensan que los trámites son muy engorrosos o creen que es muy caro y por lo general contratan a un maestro para que les haga el arreglo, y algunas veces hacen sus regularizaciones de manera tardía, cuando ya no se pueden realizar. Finalmente, las personas terminan construyendo algo que no será útil, ya que no cumplirá con la normativa básica, por lo tanto, la inversión no será tal”, explicó Javiera.

En caso de que no se regularice la edificación o ampliación, el Director de Obras puede denunciar tal situación al Juez de Policía Local correspondiente, quien condenará al infractor con una multa y además un recargo del 100% de los derechos municipales, es decir, pagará el doble. Una vez que el pago sea verificado se dará por regularizada la construcción, luego de la previa presentación de antecedentes correspondientes.

Es sabido que no todas las personas que realizan modificaciones o ampliaciones en sus casas se asesoran por un profesional al momento de construir, y mucho menos regularizan sus propiedades o solicitan los permisos respectivos luego de que estas terminan. Razones, hay muchas, pero la mayoría de los propietarios solo recurre a regularizar sus casas cuando se ven en la obligación de hacerlo, ya sea por multas o en caso de que quiera venderla, ya que los bancos exigen que estas tengan sus papeles al día.

Javiera Salinas, como recomendación principal al momento de realizar una ampliación en su hogar, señaló que “los pasos a seguir de manera correcta los tramites, dependiendo del tipo de construcción, primero es llamar a un arquitecto y solicitar una cotización detallada con su proyecto. Luego, el arquitecto debe entregar una evaluación de las condiciones de su terreno o propiedad para revisar sus condiciones y entrega de proyecto formal de arquitectura. El proyecto debe traer el detalle eléctrico y sanitario en caso de que considere baño. Estos escritos serán referenciales para la persona que va a construir tenga claro su proyecto y que se realice cumpliendo la normativa, sin improvisar en el trayecto. Luego, el proyecto se presenta a la Municipalidad, donde se solicita el permiso de edificación. Cuando el permiso haya sido aprobado, se puede comenzar a construir o edificar. Para avanzar con el proyecto, debe asesorarse por un constructor certificado o un arquitecto, terminando el trámite presentando el proyecto finalizado a la Municipalidad», detalló Javiera sobre la manera correcta de realizar una ampliación y cumplir con la normativa local.

Sobre la casa de 5 pisos en Iquique, la autoridad municipal levantó una infracción que fue enviada al tribunal de policía local, donde se determinó su pronta demolición. La estructura posee proporciones irregulares y se destaca entre los demás domicilios del sector, debido a sus cinco pisos de altura.

Para evitar este tipo de situaciones y recargos monetarios en los derechos municipales e impuestos, antes de construir asesórese por profesionales, o bien regularice cuanto antes su propiedad.

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