GOBIERNO ANUNCIÓ «SUBSIDIO AL NUEVO EMPLEO»: ACÁ TE CONTAMOS LOS REQUISITOS
Para fomentar que las personas encuentren trabajo con contrato en vez de iniciar actividades irregulares, es que el Gobierno anunció este sábado la creación de un «subsidio al nuevo empleo».
El encargado de comunicar esta iniciativa fue el ministro del trabajo Patricio Melero, quien en medio de la conmemoración del día del trabajador comunicó este nuevo beneficio que irá en apoyo de las personas hayan sido contratadas desde el 1 de abril de este año y cuya renta mensual bruta no supere los tres ingresos mínimos mensuales (979 mi 500 pesos).
En Vilas Radio 100.1 FM te mostramos el detalle:
REQUISITOS: Tener un nuevo contrato de trabajo a partir del 01 de abril de 2021
¿CUÁL ES EL MONTO DEL SUBSIDIO AL NUEVO EMPLEO?
Si el trabajador tiene una Remuneración Mensual Bruta (RMB) igual o mayor a $326.500 recibirá:
$50.000 mensuales por hasta 6 meses para hombres mayores de 24 años.
$70.000 mensuales por hasta 6 meses para personas que estén dentro de los siguientes grupos:
- Mujeres.
- Jóvenes entre 18 y hasta 24 años.
- Personas en situación de discapacidad debidamente certificada.
- Beneficiarios de pensión de invalidez.
→ Si el trabajador beneficiario tiene una RMB menor a $326.500 recibirá:
Un monto equivalente al 15% de su RMB por hasta 6 meses en caso de hombres mayores de 24 años.
Un monto equivalente al 20% de su RMB por hasta 6 meses en caso de mujeres, jóvenes entre 18 y 24 años, personas con discapacidad debidamente certificada y beneficiarios/as de pensión de invalidez.
→ El bono será pagado directamente en la cuenta bancaria indicada en la postulación.
El pago se realizará el 30 de junio para quienes hayan iniciado una nueva relación laboral entre el 1 de abril y el 30 de mayo de este año.
NO PODRÁN ACCEDER AL SUBSIDIO, personas que se encuentren trabajando de manera informal o independiente y que:
→ Presten servicios al Estado, de manera dependiente e independiente.
→ Estén suspendidas por la Ley de Protección del Empleo (incluye Ley de Crianza Protegida).
→ Sean beneficiarias/os del Bono al Trabajo de la Mujer (BTM) y Subsidio al Empleo Joven (SEJ).
→ Estén gozando de licencia médica (incluye pre y postnatal).