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¿CUÁNDO DEJAN SUS FUNCIONES LOS ALCALDES QUE ESTÁN EN EJERCICIO Y VAN A REELECCIÓN?

Son varios los alcaldes que buscan la reelección en las próximas elecciones municipales y regionales de octubre. Por tal motivo, vale preguntarse hasta cuando pueden continuar ejerciendo sus cargos.

La respuesta llega de la mano de la Ley N°18.695, que en su artículo 107 señala que los ediles pueden ejercer, aunque con limitaciones.

Por ejemplo, debe ceder temporalmente sus funciones 30 días antes de las elecciones y la subrogancia se extiende hasta el día siguiente a los resultados de los comicios.

Eso sí, durante el periodo de subrogancia, el alcalde electo conserva su sueldo íntegro, según lo que dicta la norma. Además, tiene voto y voz en el Concejo Municipal, aunque no lo preside.

En tanto, la presidencia del Consejo debe ser tomada por el concejal que haya obtenido la mayor votación ciudadana y que no esté postulando a otro cargo.

 Según consigna Biobío, el marco legal asegura que exista cierta continuidad en la gestión municipal mientras dure el periodo de campaña y que no renuncien del todo a sus responsabilidades edilicias.

Josefa Herrera, periodista iquiqueña de 29 años. Diplomada en Comunicación Digital y Magíster (c) en Comunicación Corporativa. Sobre todo, mamá y tejedora siempre.

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