
Un duro revés judicial sufrió la firma RVC Inmobiliaria SpA, luego de que el tribunal de alzada ratificara que deberá desembolsar $5.735.438 por daño emergente y daño moral a una persona que resultó con lesiones graves. La afectada resbaló en un pasillo húmedo mientras visitaba departamentos en venta.
La resolución fue acordada de forma unánime por la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Iquique. El tribunal confirmó la sentencia del Tercer Juzgado de Policía Local, aplicando únicamente una rebaja en la multa a beneficio fiscal de 300 a 20 UTM.
Respecto a la responsabilidad atribuida a la empresa, la sentencia ratificada determinó que «al haberse acreditado que la caída de la actora tuvo su causa en un hecho imputable a la querellada y demandada civil, como el hecho de encontrarse mojado el piso de uno de los pasillos del Edificio Lynch, sin las medidas de seguridad correspondientes…»
En esa misma línea, el magistrado concluyó el incumplimiento de la normativa de protección al consumidor: «…se debe, necesariamente concluir, acorde a las reglas de la lógica y las máximas de la experiencia, necesariamente que se incumplieron las obligaciones impuestas en los artículos 12 y 23 de la Ley del ramo, que impone el deber de cuidar la seguridad en la venta de un bien o prestación de un servicio, razón por la cual concierne castigar a la querellada por dicha negligencia».
Por su parte, el tribunal de alzada respaldó la resolución y modificó la sanción expresando: la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Iquique y visto además, lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA, la sentencia definitiva de 18 de marzo de 2026, con declaración que se rebaja la multa a 20 UTM».




