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CONTRALORÍA ESTABLECE REGLAS PARA TEST DE DROGAS Y RESULTADOS DE AUTORIDADES SERÁN PÚBLICOS

La Contraloría General de la República emitió un exhaustivo instructivo de 17 páginas para regular la aplicación de la Ley 21.806, la cual obliga a las más altas autoridades del país a someterse a exámenes de drogas. El documento, emitido bajo la gestión de la contralora Dorothy Pérez, despeja las dudas sobre los tiempos de implementación, estableciendo que los involucrados tendrán un margen de 30 días hábiles desde que asumen sus funciones para realizarse el primer control oficial.

El dictamen aclara que la exigencia legal de rendir el examen “al momento de asumir” debe interpretarse de manera armónica, reconociendo que la simultaneidad era materialmente imposible por la disponibilidad técnica de los laboratorios. Por ello, se validarán las pruebas realizadas justo antes de entrar al cargo o dentro del primer mes de gestión, siempre que se ejecuten en recintos autorizados y con el compromiso expreso de que el resultado sea público.

AUTORIDADES OBLIGADAS Y MUESTRAS DE PELO

La normativa alcanza directamente a ministros, subsecretarios, delegados presidenciales, seremis y jefes de servicio. Estas autoridades no solo deberán testearse al iniciar su periodo, sino que tendrán la obligación de repetir el procedimiento al menos dos veces por año calendario. El ente fiscalizador enfatizó que estas pruebas se realizarán en fechas variables e imprevistas para garantizar el carácter sorpresivo del sistema preventivo de seguridad.

Una de las modificaciones más relevantes es el cambio en la metodología del examen para los altos cargos. El tradicional control de orina será sustituido por una muestra biológica de pelo, técnica considerada mucho más precisa para detectar consumos de sustancias ilícitas. Si bien el resultado final será público, se mantendrá el resguardo de otros antecedentes médicos o tratamientos de rehabilitación, los cuales siguen protegidos por la ley de datos sensibles.

La Contraloría General de la República, a través de su instructivo técnico, manifestó que “someterse a estos controles no es opcional y la negativa a rendir el examen, la obstrucción del procedimiento o el incumplimiento de los encargados puede generar responsabilidad administrativa”. El órgano fiscalizador añadió además que en casos donde se acredite dependencia y exista rechazo a los tratamientos, “la legislación contempla incluso la destitución”.

FISCALIZACIÓN ACTIVA EN EL ESTADO

Finalmente, el organismo informó mediante un oficio que ya existe una fiscalización en curso para verificar el cumplimiento efectivo de esta medida en el aparato estatal. Con esto, el debate sobre la probidad en la administración pública pasa a una etapa de ejecución directa, donde el principio de transparencia será el eje central para todas las reparticiones de gobierno.

Los resultados de estas revisiones serán remitidos oportunamente al Congreso para asegurar el control de legalidad sobre todos los secretarios regionales y jefes superiores. Esta medida busca otorgar mayor confianza a la ciudadanía respecto a quienes lideran las instituciones públicas, reforzando los estándares de probidad administrativa.

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