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CÁMARA RESPALDÓ ACUERDO SOBRE INFRACCIONES EN EL TRASPORTE DE PASAJEROS ENTRE TACNA Y ARICA

La Sala de la Cámara entregó su visto bueno al proyecto que aprueba el Acuerdo entre Chile y Perú, sobre infracciones y sanciones (boletín 17121), en relación al Convenio de Transporte de pasajeros por carretera entre Tacna y Arica.

El convenio, vigente desde hace 20 años, añadió el régimen de infracciones y sanciones aplicables a cualquier persona que realice el transporte remunerado de pasajeros, por carretera, entre ambas ciudades.

De este modo, el acuerdo establece el listado de infracciones, que van desde gravísimas a leves, así como la multa pecuniaria asociada, expresada en dólares.

Además, considera una escala de sanciones por reincidencia, que pueden conllevar la suspensión o cancelación de los permisos, e incluso la inhabilidad para obtener un permiso de transporte.

En todo caso, se prohíbe la retención de un vehículo habilitado para trasladar pasajeros entre Tacna y Arica, por no pago de la multa en caso de incurrir en una infracción establecida en el Acuerdo.

INFRACCIONES

Gravísimas, con multa de US$ 1.000

  • Prestar servicio fuera de las condiciones jurídicas consideradas esenciales
  • Usar vehículos con serias deficiencias técnicas
  • O, no amparados con el seguro obligatorio.

Graves, con multa de US$ 500

  • Prestar el servicio autorizado fuera de los límites establecidos por el permiso
  • Hacer modificaciones vehiculares fuera de las consideradas por el fabricante
  • Sobrepasar la capacidad del vehículo

Medias, con multa de US$ 250

  • Relacionadas con la prestación del servicio y su oferta

Leves, con multa de US$ 100

  • Porte y exhibición documental.

Fuente: Cámara de Diputados y Diputadas.

Josefa Herrera, periodista iquiqueña de 29 años. Diplomada en Comunicación Digital y Magíster (c) en Comunicación Corporativa. Sobre todo, mamá y tejedora siempre.

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