La Dirección del Trabajo (DT) emitió un dictamen que regula los derechos laborales de quienes trabajen durante las elecciones de gobernadores, consejeros regionales, alcaldes y concejales, que se realizarán el sábado 26 y domingo 27 de octubre de 2024. En su pronunciamiento, la DT recordó que, según el dictamen, los trabajadores que deban cumplir con sus labores durante esos días podrán disponer de un mínimo de 3 horas para acudir a votar o excusarse de hacerlo.
El documento también aclara que los empleadores deben otorgar este permiso sin afectar las remuneraciones de los trabajadores. «El dictamen menciona el lapso mínimo de 3 horas para que los trabajadores y trabajadoras que deban laborar durante ambos días, o en alguno de ellos, puedan sufragar o excusarse», señaló la DT, subrayando que no habrá descuentos salariales ni sanciones asociadas al uso de este tiempo.
Además, se hace una distinción para aquellos trabajadores que sean designados vocales de mesa o miembros de colegios escrutadores, quienes tendrán derecho a permisos adicionales para desempeñar estas funciones. «Los electores designados como vocales de mesa receptoras de sufragio deberán desempeñar dichas funciones los días sábado o domingo», puntualizó la entidad en su comunicado.
El dictamen de la DT también garantiza a los trabajadores la libertad para elegir el día en que ejercerán su derecho a voto, siempre que trabajen el sábado y descansen el domingo. «Esto significa, por ejemplo, que los empleadores deberán otorgar el permiso de tres horas para votar a los trabajadores que, debiendo laborar el día sábado y descansar el domingo, elijan sufragar o excusarse el primero de estos días», explicó la DT.
La entidad adelantó que se desplegarán medidas de fiscalización durante la jornada electoral, enfocándose en el cumplimiento de los permisos otorgados a los trabajadores. Las fiscalizaciones se llevarán a cabo tanto el sábado 26 como el domingo 27 de octubre, asegurando que los derechos laborales relacionados con el proceso electoral se respeten a cabalidad.