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NUEVA CONSTITUCIÓN: «EL ESTADO IMPEDIRÁ LA CONCENTRACIÓN DE LA PROPIEDAD DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN»

El Pleno de la Convención Constitucional votó en particular la noche del miércoles el Informe de Reemplazo de la Comisión de Sistemas de Conocimiento, que contiene normas rechazadas de su primer documento pero que alcanzaron el quórum -mayoría simple- para ser revisadas y perfeccionadas en la instancia.

Entre los artículos votados está el 1, que consagra el «derecho a la comunicación social» y que esta vez fue aprobado con 110 votos a favor. «Toda persona, individual o colectivamente, tiene derecho a producir información y a participar equitativamente en la comunicación social. Se reconoce el derecho a fundar y mantener medios de comunicación e información», establece.

Otra norma destacada es la contenida en el artículo 3, relativo a la «concentración de la propiedad de medios», y que también vio luz verde al conseguir 112 apoyos.

Éste mandata que «el Estado impedirá la concentración de la propiedad de los medios de comunicación e información», a la vez que garantiza que «en ningún caso se podrá establecer el monopolio estatal sobre ellos», puntualizando que «corresponderá a la ley el resguardo de este precepto».

También fue visado el artículo 4, de la «promoción de medios de comunicación e información» y que, en su inciso primero, consagra que «el Estado fomenta la creación de medios de comunicación e información y su desarrollo a nivel regional, local y comunitario». Fue rechazado, sin embargo, el inciso segundo: «El Estado garantiza el derecho de los pueblos y naciones indígenas preexistentes a desarrollar y mantener medios de comunicación e información preferentemente en sus propias lenguas».

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