
En una decisión histórica para la transparencia del sistema judicial, la Corte Suprema oficializó el Acta N° 133-2026, una normativa que transforma el régimen disciplinario para todos sus integrantes. El cambio fundamental establece que los magistrados y funcionarios ya no podrán eludir procesos por corrupción, acoso laboral o sexual mediante la renuncia voluntaria o la jubilación anticipada, terminando con la práctica de abandonar el cargo para evitar un registro oficial de mala conducta.
Esta modificación introduce el principio de «continuidad de responsabilidad», estipulado en el artículo 7 del nuevo reglamento. Bajo esta premisa, si un investigado cesa en sus funciones por cualquier causa, el proceso disciplinario debe seguir su curso hasta llegar a una resolución final. El objetivo es garantizar que los hechos queden documentados y que los denunciantes reciban una resolución oficial, impidiendo que el retiro opere como una vía de escape frente a la justicia administrativa.
El ajuste llega como una respuesta institucional directa tras la crisis provocada por el denominado «Caso Audio» y los nexos con el abogado Luis Hermosilla. Con esta medida, el máximo tribunal busca establecer procedimientos más objetivos, claros y uniformes, reforzando la probidad en una esfera sensible para el quehacer general de los tribunales y la confianza pública.
PROTECCIÓN AL DEBIDO PROCESO Y A LAS VÍCTIMAS
El Acta N° 133-2026 pone especial énfasis en el respeto de las garantías del debido proceso. Al obligar a concluir las investigaciones a pesar de la salida del cargo, se asegura que las denuncias de acoso laboral y sexual no queden en la impunidad. Esto permite que el historial del agresor sea validado oficialmente, lo cual es clave para posibles acciones legales posteriores o medidas reparatorias para quienes sufrieron dichas conductas.
Con la implementación de este nuevo Auto Acordado, la justicia envía una señal clara: la responsabilidad administrativa no se extingue con el cese de funciones. La normativa ya ha sido despachada a las Cortes de Apelaciones y unidades judiciales de todo el país para su inmediata aplicación, marcando un hito en la ética del servicio público judicial.




