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RECURSO DE NULIDAD DEL MOP ES RECHAZADO EN IQUIQUE: MANTIENEN SANCIONES Y RESPONSABILIDAD LABORAL EN CASO DE DESPIDO INJUSTIFICADO

La Corte de Apelaciones de Iquique desestimó el recurso de nulidad presentado por el Ministerio de Obras Públicas (MOP) y confirmó la sentencia que lo declara responsable solidario en un caso laboral relacionado con despidos injustificados de trabajadores subcontratados en el proyecto “A420-Explotación Alternativas de Acceso a Iquique”. Con esta decisión, se mantiene la nulidad del despido y la obligación del MOP de cumplir con todas las indemnizaciones y remuneraciones pendientes.

El fallo inicial, dictado por el Juzgado de Letras del Trabajo de Iquique, había acogido las demandas contra Zañartu Ingenieros Consultores SpA y el MOP, declarando los despidos como injustificados y nulos. Además, estableció que ambos debían pagar indemnizaciones por aviso previo, años de servicio, recargo del artículo 168 del Código del Trabajo, feriados proporcionales y remuneraciones desde la fecha del despido, junto con intereses y reajustes legales.

El MOP recurrió a la Corte argumentando que su responsabilidad debía ser subsidiaria y no solidaria, señalando que había ejercido sus derechos de información y retención, y que la nulidad del despido no le correspondía al tratarse de un incumplimiento de la empresa contratista durante la vigencia de la subcontratación. También cuestionó la interpretación de los artículos 162, 183-B, 183-C y 183-D del Código del Trabajo y sostuvo que la aplicación de la sanción excedía el alcance legal al involucrar a un organismo público.

La Corte, sin embargo, confirmó que el MOP incumplió sus obligaciones durante el periodo de prestación de servicios de los trabajadores subcontratados, lo que hace procedente la responsabilidad solidaria. Aunque el ministerio realizó pagos tardíos de remuneraciones y cotizaciones previsionales, el tribunal determinó que estos no eximían su obligación ni mitigaban la sanción.

El fallo subraya que la ley no distingue entre entidades públicas y privadas en materia de subcontratación y que los organismos mandantes deben supervisar efectivamente el cumplimiento laboral y previsional de sus contratistas. Esto refuerza la obligación de los empleadores principales de ejercer control durante todo el periodo de subcontratación, garantizando así la protección de los derechos de los trabajadores.

Con esta resolución, la Corte de Iquique envía un mensaje claro sobre la importancia de la responsabilidad solidaria de las instituciones públicas en los contratos de subcontratación, reafirmando la vigencia del marco legal laboral y la protección de los trabajadores frente a despidos injustificados.

Periodista con licenciatura en Comunicación Social. Fotógrafa motorsport amante del Rally Cross Country, Rally Mobil y de las carreras de velocidad de motos y automóviles.

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