
La Corte Suprema ordenó el desalojo de los ocupantes ilegales de un terreno en Alto Hospicio, en un plazo máximo de seis meses, disponiendo además medidas para resguardar la dignidad y los derechos de los afectados.
La decisión revierte la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Iquique, que rechazó el recurso de protección interpuesto por una sociedad inmobiliaria.
La Corte Suprema consideró que existe un asentamiento irregular en el inmueble de propiedad del recurrente, formado sin su consentimiento y manteniéndose pese a sus reiterados intentos de restitución, lo que afecta gravemente su derecho de dominio e igualdad ante la ley.
En cuanto a las medidas humanitarias, la Corte Suprema dispuso que se implemente un recinto transitorio para albergar a los desalojados, y que el Ministerio del Interior supervise el desalojo bajo ciertas condiciones.
Además, se deberá prestar especial atención a los grupos más vulnerables, como adultos mayores, niños, niñas y adolescentes, mujeres jefas de hogar, migrantes y personas en situación de discapacidad o especialmente sometidas a condiciones de grave vulnerabilidad social.
El desalojo se llevará a cabo en un plazo máximo de seis meses, y en caso de oposición, se autorizará el desalojo inmediato con auxilio de la fuerza pública. La Corte Suprema también remitió los antecedentes al Ministerio Público para los fines pertinentes.
La «Toma de Alto Molle» es un asentamiento irregular que se ha mantenido durante años en un terreno de propiedad de una sociedad inmobiliaria. La Corte Suprema consideró que la ocupación ilegal del terreno vulnera el derecho de propiedad y otras garantías constitucionales.