
La Corte Suprema confirmó la decisión de la Corte de Apelaciones de Iquique que ordena a la Tesorería General de la República reintegrar $23.039.962 a una kinesióloga tras considerar arbitraria e injustificada la retención aplicada sobre su indemnización laboral ejecutoriada.
La profesional había recibido una sentencia por despido que incluía lucro cesante, recargo por años de servicio, daño moral y diferencias por feriado, sumando un total de $27.572.176. Sin embargo, el 4 de noviembre de 2024, la Tesorería compensó parte de este pago alegando una deuda de Crédito con Aval del Estado (CAE), medida que la afectada calificó de ilegal y vulneradora de su derecho a percibir la indemnización completa.
El fallo de la Corte de Iquique señaló que la compensación aplicada fue arbitraria, dado que no se acreditó la exigibilidad de la deuda ni la legalidad del acto frente a créditos derivados de sentencias judiciales. Además, la decisión sostuvo que la acción de la Tesorería afectó el derecho de propiedad protegido por la Constitución, lo que justificó el reintegro inmediato de los fondos.
La Tesorería General de la República había argumentado que la compensación se ajustaba al artículo 6° del D.F.L. N°1 de 1994, que faculta a su titular a extinguir obligaciones mediante compensación entre deudas y créditos concurrentes. No obstante, la Corte Suprema coincidió con la Corte de Iquique, confirmando que la medida no estaba suficientemente justificada frente al monto retenido de la indemnización.
El fallo se adoptó con un voto disidente, del ministro Matus, quien sostuvo que la controversia debía resolverse mediante un procedimiento declarativo ordinario, permitiendo a las partes presentar pruebas y alegaciones completas, y que la compensación realizada se ajustaba a la normativa vigente.
Con esta resolución, la kinesióloga de Iquique podrá recibir la totalidad de su indemnización, mientras el caso abre un precedente sobre la aplicación de compensaciones del CAE sobre indemnizaciones judicialmente reconocidas, generando un debate sobre la protección de los derechos laborales frente a procedimientos administrativos.







