
La Corte Suprema, tras acoger un recurso de queja presentado por el SERNAC, revocó la sentencia de segunda instancia que absolvía a Cruzados S.A., concesionaria a cargo del equipo profesional de fútbol de Universidad Católica, tras los graves incidentes protagonizados por la barra del cuadro estudiantil en partido disputado en el Estadio San Carlos de Apoquindo.
El caso se remonta al duelo disputado el 2 de febrero de 2020 entre Universidad Católica y O´Higgins de Rancagua en el antiguo recinto deportivo ubicado en la comuna de Las Condes, cuando hinchas del cuadro estudiantil protagonizaron graves incidentes.
LOS HECHOS
En los incidentes, un grupo de barristas del cuadro local rompieron los candados de la reja e ingresaron al campo de juego, siendo contenidos por personal de seguridad y por funcionarios de Carabineros, lo que obligó a retrasar el inicio del encuentro deportivo en 19 minutos. Sin embargo, una vez que los barristas abandonaron de la cancha y regresaron a las graderías, continuaron protagonizando desórdenes e incidentes, que incluyeron el lanzamiento de objetos contundentes al interior del campo de juego, uno de los cuales golpeó al arquero del equipo visitante, además del uso de fuegos artificiales.
DENUNCIA DEL SERNAC
Ante la gravedad de estos hechos, el SERNAC presentó una denuncia ante el Segundo Juzgado de Policía Local de Las Condes en contra de Cruzados S.A. por infringir la Ley del Consumidor, la cual establece que los consumidores tienen derecho a la seguridad en el consumo, lo que obliga a los organizadores de eventos masivos de tomar todas las medidas para cumplir con esta obligación.
El tribunal de primera instancia, tras analizar los antecedentes, rechazó la denuncia presentada por el SERNAC y declaró que no aplicaba la Ley del Consumidor, por tratarse de una materia contemplada en leyes especiales.
Ante este fallo, el SERNAC recurrió ante la Corte Suprema a través de un recurso de queja, el cual fue acogido por el Máximo Tribunal del país, argumentando que la Corte de Apelaciones de Santiago no atendió la gravedad de los hechos ocurridos, donde “se puso seriamente en riesgo la vida y la integridad física de los asistentes al estadio san Carlos de Apoquindo el 2 de febrero de 2020”.
APLICACIÓN DE MULTA
Finalmente, la justicia le aplicó una multa de 200 UTM a Cruzados S.A. por haber infringido la Ley del Consumidor, esto es, alrededor de 13 millones 853 mil.