
La Corte de Apelaciones de Arica ha ordenado a la Compañía General de Electricidad (CGE) indemnizar a un cliente con $1 millón por daño moral debido a la pérdida de información personal y profesional contenida en un notebook que se quemó debido a un alza de voltaje.
El fallo unánime de la Segunda Sala del tribunal de alzada revocó la sentencia impugnada y determinó que la empresa eléctrica es responsable de indemnizar al cliente, Francisco Antonio Fuentes Ceballos, por la pérdida de su equipo personal y la información que contenía.
Según el tribunal, la pérdida de la información contenida en el notebook constituye un daño moral que debe ser indemnizado, ya que los dispositivos electrónicos como el notebook son verdaderas extensiones de la vida personal y profesional de los individuos.
El tribunal consideró que la pérdida de la información personal, educacional y laboral de larga data contenida en el notebook configuraba un perjuicio inmaterial que debía ser reparado. La empresa eléctrica había argumentado que se debía considerar una circunstancia atenuante por el abono extraprocesal de $285.000, pero el tribunal desestimó esta alegación.
El fallo destaca la importancia de considerar el valor de la información personal y profesional que se almacena en los dispositivos electrónicos y la necesidad de proteger a los consumidores de daños y perjuicios causados por fallas en el suministro eléctrico. La indemnización de $1 millón se considera una suma prudencial para valorar la extensión del daño ocasionado al cliente.