
Tras el visto bueno del órgano contralor, Chile implementa un sistema de control migratorio y criminal de estándar internacional. La Ley N°21.792 permitirá que PDI, Carabineros y el Ministerio Público accedan a la identidad, itinerarios y registros de pago de los viajeros, cerrando las rutas de escape a prófugos y bandas transnacionales.
En un paso decisivo para la modernización de la seguridad fronteriza, la Contraloría General de la República tomó razón del decreto que promulga la Ley N°21.792. Esta nueva legislación modifica el Código Aeronáutico, estableciendo que el transporte aéreo dejará de ser una «zona ciega» para los organismos de persecución penal, obligando a las compañías a compartir sus bases de datos en tiempo real.
La normativa no solo se limita a un listado de nombres. Las aerolíneas deberán proporcionar dos tipos de registros técnicos fundamentales para la inteligencia policial:
- API (Información Anticipada de Pasajeros): Datos biográficos básicos (nombre, pasaporte, nacionalidad) que se capturan al momento del check-in o embarque.
- PNR (Registro de Nombres de Pasajeros): Información mucho más profunda que incluye la fecha de reserva, itinerario completo de viaje, medios de pago utilizados, datos de contacto y hasta el historial de equipaje.
Esta obligación rige para todos los vuelos, permitiendo saber con exactitud quiénes viajan, hacia dónde se dirigen y quiénes han sido transportados previamente, facilitando la reconstrucción de rutas criminales.
Golpe a la evasión de la justicia y al crimen organizado
Hasta antes de esta ley, las autoridades solían enfrentar dificultades burocráticas para acceder de manera inmediata a los manifiestos de vuelo. Con la nueva norma, una vez finalizado el embarque, la información debe ser transmitida automáticamente. Esto permitirá:
- Captura de prófugos: El sistema cruzará automáticamente las listas de pasajeros con las órdenes de detención vigentes.
- Combate al Narcotráfico y Trata: Identificar patrones de viaje sospechosos que caracterizan a las mulas del narcotráfico o a redes de tráfico de personas.
- Seguridad Antiterrorista: Fortalecer la cooperación con agencias internacionales al compartir perfiles de riesgo de forma instantánea.
Privacidad y resguardo de datos
Aunque la ley otorga amplias facultades a la PDI, Carabineros y la Fiscalía, también establece que el uso de estos antecedentes será exclusivamente para fines de prevención, detección e investigación de delitos. El tratamiento de la información deberá ajustarse a las normas de protección de la vida privada, garantizando que los datos de ciudadanos honestos no sean mal utilizados.
Puntos clave de la Ley N°21.792:
- Inmediatez: La entrega de datos debe ser inmediata tras el cierre de puertas (fin del embarque).
- Retroactividad: Las policías pueden solicitar datos de pasajeros que «hayan transportado» en fechas anteriores.
- Interconectividad: Ministerio Público y policías tendrán acceso coordinado a la misma base de datos.
Con este hito administrativo cumplido el pasado 13 de enero, Chile se pone al día con los protocolos de seguridad aérea de la Unión Europea y Estados Unidos, convirtiendo sus aeropuertos en barreras infranqueables para el crimen organizado.







