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ADOLESCENTES DE 14 Y 15 AÑOS PODRÍAN ENFRENTAR HASTA 10 AÑOS DE CÁRCEL POR CRÍMENES GRAVES

El murmullo de la Sala se quebró la mañana de este miércoles cuando el tablero electrónico mostró el resultado: el proyecto que modifica la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente fue aprobado y enviado al Senado. Una moción que, aunque redactada en términos técnicos, trae consigo un giro profundo en la manera en que Chile juzgará a sus jóvenes de entre 14 y 15 años que cometan delitos de alta connotación social.

La iniciativa, impulsada desde la bancada de Renovación Nacional, establece que quienes incurran en crímenes como secuestro, violación, robo con violencia, homicidio o asesinato de policías ya no enfrentarán el límite de cinco años de privación de libertad, como ocurre actualmente. Con la reforma, esa barrera se eleva a diez años, equiparando la sanción a la que reciben los jóvenes de 16 y 17.

Fin a la “rebaja automática”

Uno de los cambios más comentados es la eliminación de la regla que obligaba a reducir en un grado la pena asignada en la legislación penal. En la práctica, esto significa que los adolescentes acusados por estos 14 delitos seleccionados enfrentarán la sanción tal como la prevé el Código Penal, sin atajos normativos.

Además, la propuesta redefine la internación provisoria. Si la identidad del menor detenido es incierta, la detención preventiva se aplicará con mayor rigor. Y en caso de apelación sobre esta medida, el adolescente no podrá quedar en libertad hasta que la Corte resuelva. El objetivo declarado: impedir fugas y reforzar la seguridad pública.

El debate: justicia o estigma

En medio de discursos encendidos, diputados oficialistas y de oposición defendieron la necesidad de endurecer la respuesta penal frente a delitos especialmente violentos, subrayando la obligación de escuchar la voz de las víctimas antes de conceder sustituciones o beneficios.

Sin embargo, no faltaron las voces críticas. Algunos parlamentarios advirtieron que la moción colisiona con el nuevo Sistema de Reinserción Social Juvenil, actualmente en implementación. Según ellos, el proyecto prioriza la cárcel sobre la rehabilitación, y corre el riesgo de “institucionalizar” la exclusión de jóvenes que aún no alcanzan la adultez plena.

Un límite invisible: la irreprochable conducta anterior

Otra de las modificaciones elimina la posibilidad de que un adulto reincidente, previamente condenado bajo el régimen adolescente por delitos graves, pueda alegar la atenuante de “irreprochable conducta anterior”. En palabras simples: los antecedentes de la adolescencia ya no se borrarán como una hoja en blanco cuando la vida criminal se prolongue en la adultez.

Calendario y futuro incierto

El proyecto establece que los cambios entrarían en vigor el 13 de enero de 2026, fecha que abre un margen para el debate en el Senado y en la sociedad civil. Mientras algunos lo aplauden como un necesario acto de justicia, otros lo ven como un retroceso que desconoce los principios de reinserción y tratamiento diferenciado para los menores de edad.

Entre cálculos políticos y discusiones jurídicas, lo cierto es que la decisión parlamentaria refleja un clima social marcado por la demanda de mayor seguridad. En ese cruce entre miedo y derecho, los adolescentes infractores pasan a ocupar el centro de una batalla que no es solo legal, sino también ética: ¿qué significa castigar a un menor con las mismas penas que a un adulto?

El Senado tendrá ahora la última palabra.

Belén Pavez

Belén Pavez G., Periodista y Locutora. Licenciada en Comunicación Social. Productora general y Directora de prensa en Vilas Radio. Música y Cat lover.

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