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LEY VALENTÍN: PROYECTO BUSCA EVITAR CAÍDAS DESDE EDIFICIOS Y EXIGE MAYOR SEGURIDAD

A raíz del trágico accidente que ocurrió en San Pedro de la Paz, donde dos niños de cinco años cayeron desde el piso 13 de un edificio, la familia de Valentín Brain , el único menor que falleció, está promoviendo un proyecto de ley que obligue a las constructoras a entregar departamentos con medidas de seguridad instaladas para prevenir este tipo de hechos.

La iniciativa, denominada «Ley Valentín», fue ingresada esta semana al Senado por el parlamentario Enrique van Rysselberghe (UDI), quien explicó que la moción busca establecer obligatoriedad en la instalación de protecciones en ventanas, balcones y otras aberturas de edificios de tres pisos o más.

«Ingresamos en el Senado la denominada Ley Valentín, que busca incorporar medidas de seguridad frente al riesgo de caídas desde alturas en edificios habitacionales», indicó el senador.

Cabe señalar que el segundo menor involucrado en el accidente, sufrió graves lesiones y continúa en estado crítico en el mismo recinto hospitalario.

ANTECEDENTES DEL PROYECTO

La iniciativa legal modifica la Ley General de Urbanismo y Construcción para exigir sistemas de protección en vanos abiertos en edificios habitacionales de altura.

Esta norma va dirigida no solo a ventanas y balcones, sino que a cualquier vano abierto o abertura que permita el contacto directo con el vacío, tanto en fachadas como en espacios interiores de edificios que tengan una altura igual o superior a tres pisos sobre el nivel del suelo.

Actualmente, la Ley General de Urbanismo y Construcciones no contempla una exigencia explícita respecto a medidas de resguardo para estos casos, y las disposiciones técnicas se derivan a criterios de diseño o exigencias parciales de la Ordenanza General. Así, la iniciativa apunta a establecer un estándar legal uniforme y obligatorio, que asegure condiciones mínimas de seguridad en toda edificación de altura, sin afectar los principios de ventilación, evacuación o accesibilidad universal.

El proyecto de ley tiene un artículo único, que pide incorporar un artículo 116 ter nuevo en Título III, Capítulo I, de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.

Este, señala lo siguiente: “En toda edificación destinada a uso habitacional que contemple vanos abiertos, tales como ventanas, barandas, pasillos, balcones u otras aberturas que se sitúen a una altura igual o superior a tres pisos sobre el nivel del suelo, o que expongan a un desnivel de riesgo en su interior, deberán instalarse sistemas de protección físicos adecuado que impidan caídas accidentales al vacío

Agrega que, “estos sistemas podrán consistir en mallas, barandas, rejas u otros dispositivos certificados, conforme a las normas técnicas que establezca la Ordenanza General, debiendo asegurar condiciones de estabilidad, resistencia y protección efectiva frente al riesgo de caída”.

Asimismo, indica que, “la Ordenanza General establecerá los estándares técnicos, condiciones de diseño, instalación, mantenimiento y excepciones fundadas, garantizando que estos sistemas no obstruyan la ventilación, iluminación ni las vías de evacuación de emergencia, y que se ajusten a los principios de accesibilidad universal”.

Finaliza indicando que, “la Dirección de Obras Municipales no podrá otorgar la recepción definitiva de la edificación si no se acredita el cumplimiento de esta obligación en todos los espacios pertinentes, de conformidad con los planos y especificaciones técnicas aprobadas”.

Añade un artículo transitorio que sostiene que, “el Ministerio de Vivienda y Urbanismo deberá dictar las modificaciones correspondientes a la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, a fin de establecer los estándares técnicos y condiciones de aplicación del artículo 116 ter, dentro del plazo de seis meses contado desde la publicación de la presente ley en el Diario Oficial”.

“La exigencia establecida en dicho artículo será aplicable a los permisos de edificación que se ingresen a tramitación con posterioridad a la entrada en vigencia de dichas disposiciones reglamentarias”, cierra el texto.

Belén Pavez

Belén Pavez G., Periodista y Locutora. Licenciada en Comunicación Social. Productora general y Directora de prensa en Vilas Radio. Música y Cat lover.

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