Tras el acuerdo firmado a nivel nacional en torno al proyecto de ley de ferias libres, en Tarapacá la Seremi de Economía convocó a dirigentes, autoridades de gobierno y parlamentarios para difundir esta iniciativa que está siendo impulsada por el gobierno del presidente Gabriel Boric.
OBJETIVOS
El proyecto de ley establece como objetivo principal la regulación, el reconocimiento jurídico, fomento y desarrollo de las Ferias Libres en el país. Esto, fundamentado en que, esta actividad, es esencial para la alimentación y el desarrollo local. De esta manera, el proyecto busca proporcionar estabilidad y continuidad a su desarrollo, incorporando mayores oportunidades económicas para los feriantes y mejores ferias para Chile.
La noticia fue bien recibida por los dirigentes locales, cuya representante Miriam Cepeda, presidenta de la agrupación Luz Esperanza, afirmó que “hace falta un proyecto así para tener un respaldo para nosotros, para que cuando se cambie de alcalde o de autoridad de turno, tengamos una sola ley que nos proteja. Estamos a favor del acuerdo porque nos va apoyar en lo que necesitamos como feria libre, como tener toldos, guarderías para los feriantes, considerando a la tercera edad y todas las condiciones especiales que tenemos”.
DIPUTADOS
En la actividad estuvieron presentes el diputado Matías Ramírez y la diputada Danisa Astudillo, quienes manifestaron su voluntad para representar los intereses de la región una vez que el proyecto ingrese al Congreso.
En ese sentido, Ramírez declaró que el proyecto de ley “es una buena iniciativa asumida por el Gobierno del presidente Boric por buscar una regulación a las ferias libres para tener una institucionalidad definida y eso les facilita incluso la posibilidad de postular a distintos proyectos y buscar un beneficio real para las familias. Se estima que un porcentaje mayor de la población del país compra sus bienes de primera necesidad en las ferias libres y creo que es necesario potenciar aquello por la cercanía que tienen con los vecindarios y también con la economía familiar”.
A lo anterior, la diputada Astudillo puntualizó que a la feria La Quebradilla se suman la feria itinerante de Iquique y la feria costumbrista de Colchane, por lo que se hace fundamental que las particularidades de la región sean atendidas en la legislación.
“Me parece que en esta instancia fue muy importante que el seremi de Economía nos convocara para hacer el lanzamiento en la región de este proyecto de ferias libres porque nos permitió hablar con los dirigentes de los feriantes y poder acordar una mesa de trabajo que ya tiene fecha para juntarnos y recoger las necesidades de la gente de nuestra región, particularmente de Alto Hospicio pero también deberíamos replicarlo con otras comunas”, señaló la parlamentaria.
El acuerdo del proyecto de ley establece como base una definición formal de Feria Libre, el establecimiento de una organización representativa, su relación con la autoridad municipal, la estandarización de permisos, el reconocimiento patrimonial y la creación de un Registro Nacional de Ferias Libres.
LA PROPUESTA
Según indican desde el ministerio de Hacienda, la propuesta consta de siete puntos:
1.- Se establecerá un impuesto sobre las transacciones de ventas que realicen los feriantes, el que será sustitutivo de IVA y se determinará considerando las transacciones realizadas a través de un medio de pago electrónico.
2.- Quienes accederán a este nuevo régimen serán los comerciantes de ferias libres (personas naturales) que cuenten con un permiso municipal para ejercer la actividad y estén inscritos en un registro del Servicio de Impuestos Internos.
Para poder ingresar al régimen se requerirá:
- Estar registrado como comerciante de feria libre en una municipalidad y contar con un permiso municipal para ejercer la actividad de ferias libres.
- Efectuar el trámite de Inicio de Actividades ante el Servicio de Impuestos Internos (SII). Los comerciantes de ferias libres podrán realizar el inicio de actividades ante el SII bajo la actividad de ferias libres, debiendo ser una actividad exclusiva.
3.- El impuesto se devengará en el momento en que se efectúen las ventas de productos a través de medios de pago electrónico.
La base imponible estará constituida sólo por el valor de las ventas a través de medios de pago electrónicos realizadas por los comerciantes de ferias libres debidamente registrados.
4.- La tasa del impuesto será de 1,5% sobre el monto de la venta.
El impuesto sustitutivo junto a la comisión que se paga al operador del medio de pago electrónico no podrá superar el 3,5% de la venta.
5.- Los operadores de medios de pago electrónico deberán efectuar la retención del impuesto sustitutivo por cada una de las transacciones de venta que se registren a través de los portales o sistema de pago electrónico.
6.- Los comerciantes de ferias libres, inscritos en este régimen especial, por la particularidad de su negocio, que requiere rapidez en la venta, se encontrarán liberados de llevar contabilidad y hacer declaraciones de impuestos.
7.- Existirá un plazo de 12 meses desde la aprobación de la ley para que los feriantes se inscriban en el nuevo registro.