¿DESDE CUÁNDO PODEMOS EMPEZAR EL TRÁMITE DEL SEGUNDO RETIRO DEL 10%?
Según confirmó el Mandatario Piñera y de acuerdo al proyecto, los cotizantes que soliciten el pago podrían contar con el primero de los pagos antes de Navidad.
El conducto a seguir es que con la promulgación de la Ley solo basta que se publique en el Diario Oficial para que comience su vigencia. A partir de ese momento, comienza a regir un plazo de un año para que los cotizantes puedan realizar el nuevo giro de sus ahorros previsionales.
El trámite comenzará el jueves 10 de diciembre, fecha en que las diferentes administradoras tendrían que habilitar esta función para sus afiliados vía electrónica, igual como ocurrió en el primer retiro.
De acuerdo con la Ley recién promulgada, el plazo que tendrán las administradoras para emitir los pagos será de 10 días hábiles, lo que debería cumplirse justo antes de Navidad en la mayoría de los casos.
Asimismo, se indicó que los primeros pagos estarán depositados en las cuentas de los requirentes a partir del día 17 de diciembre.
También se detalló que quienes tengan menos de 35 UF ($1 millón), podrán hacer el giro de la totalidad de sus fondos de una vez, pero quienes retiren sobre el millón de pesos recibirán dos pagos iguales, equivalentes al 50% del monto cada uno.
El plazo para el pago de la segunda mitad también será de 10 días hábiles, los cuales comienzan a partir del día del primer pago.