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SUPREMA DESCARTÓ ANULAR FALLO QUE DEJÓ SIN EFECTO EL ALZA DE LAS ISAPRES

Esta jornada la Tercera Sala de la Corte Suprema descartó las solicitudes de nulidad presentadas por las isapres Colmena, Consalud y Cruz Blanca, referente a la sentencia que deja sin efecto la última alza de precios que estas hicieron por las Garantías Explícitas en Salud (GES).

Tampoco fueron acogidos los recursos de aclaración, rectificación o enmienda presentados por Banmédica y Vida Tres, «por no existir puntos dudosos u obscuros que aclarar», de acuerdo al fallo emitido por la Tercera Sala el 25 de octubre.

En cuanto a los incidentes de nulidad, al día siguiente la misma sala definió que «ha de ser rechazado por improcedente, puesto que se pretende impugnar, por esta vía, una materia contenida en un fallo ejecutoriado que no puede ser objeto de revisión por razones que pueden constituir recursos jurisdiccionales, y, menos aún, aduciéndose vicios de nulidad procesal cuyas causales no se explican como tales, como tampoco se hallan en el libelo pretensor».

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