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QUIERE LOS TRES PUNTOS: DEPORTES IQUIQUE ENVÍA A SUS ABOGADOS AL TRIBUNAL DE DISCIPLINA TRAS EL GRAVE ERROR DE DEPORTES LA SERENA

Tras el encuentro disputado este sábado entre Deportes La Serena y Deportes Iquique, donde igualaron sin goles en el Estadio La Portada, ronda una gran polémica la cual podría beneficiar al conjunto celeste, esto debido a que los “Papayeros realizaron una alineación indebida en base a la inscripción de un jugador que debía haber estado cumpliendo una sanción por tarjetas amarillas.  

El jugador “Granate” sería Henrry Sanhueza, quién no debía haber estado habilitado para jugar el partido frente a los “Dragones Celestes”.

Sanhueza había recibido la octava cartulina amarilla en el duelo ante Unión San Felipe, el pasado 5 de septiembre, y jugó el siguiente duelo frente a Barnechea. Sin embargo, no podía ser considerado para el choque de esta jornada.

Pese a eso, el jugador fue titular este sábado en Deportes La Serena, lo cual podría derivar en una dura sanción por parte del Tribunal de Disciplina de la ANFP. En caso de comprobarse la falta, la victoria sería para Deportes Iquique por 3-0.

DEPORTES IQUIQUE

Ante este hecho, el club del “Dragón” emitió un comunicado especificando que: “Después de reunir los antecedentes, instruimos a nuestros abogados que se preparara y presentara la respectiva reclamación ante el Tribunal Autónomo de Disciplina, quién deberá conocer y resolver la aplicación de las bases del Campeonato en la parte que dispone en su articulo 25”.

Artículo 25: “El club que hiciere participar de un partido a un jugador o Director Técnico o Director Técnico Ayudante, que por cualquier causa se encuentre suspendido por resolución del Tribunal Autónomo de Disciplina o de cualquier otra autoridad de la Asociación con facultad para ello, será sancionado con la pérdida de los puntos en disputa, entendiéndose el partido como ganado por su rival, por un marcador de 3×0, salvo que dicho equipo rival hubiere obtenido el triunfo en el tiempo disputado por una diferencia mayor, caso en el cual el resultado obtenido se mantendrá. En esta situación, regirá íntegramente lo dispuesto en el artículo 42 número 2 del Código de Procedimiento y Penalidades. Todo lo anterior, sin perjuicio de las demás sanciones que le pudiere aplicar el Tribunal Autónomo de Disciplina por desacato, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 67° del Código de Procedimiento y Penalidades de la ANFP”.

A su vez, puntualizaron que “nuestra institución es respetuosa de las reglas de la competencia y, en consecuencia, es un deber con nuestros hinchas seguidores e institución hacer que se respeten las mismas y, por lo tanto, además, de hacer la reclamación, la tramitaremos en todas las instancias que sean necesarias”.

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