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SII ABRE PLATAFORMA PARA SOLICITAR EL NUEVO SUBSIDIO AL SUELDO MÍNIMO CON PLAZO HASTA EL 30 DE ABRIL

El aporte estatal busca aliviar la carga de las Mipymes, cooperativas y fundaciones ante el aumento del salario básico. El beneficio se pagará en dos cuotas y el monto final dependerá de la fecha de inicio de actividades y la variación en el número de trabajadores contratados.

El Servicio de Impuestos Internos (SII) anunció la apertura oficial de la plataforma para acceder al Nuevo Subsidio al Sueldo Mínimo, un apoyo económico directo diseñado para que las micro, pequeñas y medianas empresas puedan absorber el incremento legal del salario básico. Tras la publicación del Decreto N°1783 del Ministerio de Hacienda, el organismo habilitó el trámite digital, advirtiendo que el plazo para postular es acotado y vencerá impostergablemente el próximo 30 de abril de 2026.

Este beneficio tiene un carácter temporal y, a diferencia de otros incentivos, debe solicitarse una sola vez a través del sitio web oficial del servicio (sii.cl). Además de las Mipymes, la normativa incluye a cooperativas, comunidades y personas jurídicas sin fines de lucro, como fundaciones, que cumplan con los requisitos de ventas e inicio de actividades.

Cuotas y montos: ¿Cuánto recibirá cada empresa?

El aporte estatal no es plano, sino que se calcula en base a la antigüedad de la empresa y la información reportada por la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC). El diseño contempla dos pagos: el primero en mayo y el segundo en agosto de este año.

Los montos establecidos por trabajador son los siguientes:

  • $9.500 mensuales: Para empresas que iniciaron actividades hasta el 30 de abril de 2025.
  • $3.150 mensuales: Para aquellas que informaron su inicio de actividades entre el 1 de mayo y el 31 de diciembre de 2025.

Es importante destacar que el monto de la segunda cuota (agosto) podría variar. “El monto de la segunda cuota puede ser mayor a la primera si la empresa registró un aumento en el número de trabajadores”, explicaron desde el SII. Por el contrario, si la dotación disminuye respecto al «mes base» de 2025, el subsidio se ajustará a la baja.

Restricciones y topes legales

Para evitar distorsiones en el uso de los fondos públicos, la ley estableció un límite de cobertura. “La normativa estableció un máximo de 200 trabajadores para considerar en el pago de este subsidio”, puntualizó el SII. Esto implica que, si una empresa tiene, por ejemplo, 215 trabajadores recibiendo el sueldo mínimo, el Estado solo subvencionará a 200 de ellos.

Requisitos para postular

Para acceder al beneficio, las entidades deben cumplir rigurosamente con los siguientes puntos:

  • Inicio de actividades: Haberlo realizado en primera categoría ante el SII al 31 de diciembre de 2025.
  • Ventas anuales: Los ingresos por ventas y servicios del giro deben ser superiores a 0,01 UF e inferiores o iguales a 100 mil UF.
  • Registro AFC: Se considerarán únicamente a los trabajadores que contaban con el Ingreso Mínimo Mensual durante 2025, según los registros de la AFC.

Un alivio para el ecosistema productivo

El gerente comercial de ZOFRI, Marcelo Pérez, y diversas autoridades regionales han seguido de cerca estas medidas, entendiendo que en zonas como Iquique y el Tamarugal, el tejido de pequeñas empresas es vital para la economía.

Desde el Gobierno hacen un llamado a no dejar el trámite para el último minuto, ya que el sistema procesa la información de manera automática con los datos de la Tesorería General de la República para asegurar que los pagos lleguen en las fechas estipuladas.

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