
Un cabo primero de Gendarmería quedó bajo investigación tras entregar su teléfono celular a un exoficial condenado a más de 100 años de prisión por crímenes de lesa humanidad, en un hecho ocurrido mientras el interno permanecía hospitalizado y que vulnera gravemente los protocolos penitenciarios.
En el extraño y peligroso universo carcelario de Punta Peuco —donde conviven altos condenados por crímenes de lesa humanidad con las normas más estrictas del sistema penitenciario chileno— surgió un episodio que parece sacado de una novela, pero que es tan real y delicado como cualquier noticia de seguridad pública: un cabo primero de Gendarmería le entregó su teléfono celular a un exoficial recluido, rompiendo protocolos y encendiendo todas las alarmas institucionales.
La investigación —parte de la ya compleja Operación Apocalipsis, que ha sacudido a Gendarmería con decenas de imputados por corrupción— reveló que el funcionario Humberto Darío Sandoval León, de 32 años, pasó su dispositivo personal a un interno condenado a más de un siglo de cárcel por delitos de lesa humanidad cometidos durante la dictadura militar.
¿Cómo ocurrió el insólito episodio?
Según los antecedentes recopilados por el Ministerio Público, el hecho ocurrió el miércoles 26 de noviembre de 2025, cuando Sandoval estaba a cargo de la custodia de Gerardo Godoy García, un exteniente coronel de Carabineros e integrante de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), quien cumple una condena de 119 años de prisión por crímenes de lesa humanidad.
Mientras Godoy estaba hospitalizado en el Hospital Dipreca, Sandoval le prestó su teléfono celular para que pudiera hacer una llamada a su hija. Lo que a primera vista puede parecer un acto paternalista o “humano”, según la versión de la defensa del gendarme, es estrictamente prohibido por la normativa penitenciaria y constituye una grave falta administrativa —y potencialmente penal— dada la posición del interno.
Desde la defensa de Sandoval se ha argumentado que se trató de un acto de compasión debido a que Godoy enfrenta una enfermedad terminal, como afirmó su abogado Daniel Jorge: “Don Humberto le prestó, en un acto humanitario, su teléfono celular a un condenado con un cáncer terminal para que tomara contacto telefónico con su hija”.
Contexto judicial y riesgos legales
Lo que está claro para las autoridades es que no existe excepción permitida para que internos tengan acceso a teléfonos personales de los funcionarios, mucho menos si se trata de personas condenadas por crímenes de lesa humanidad —una de las tipologías de delitos más graves bajo el derecho internacional y nacional. Esto porque esos delitos, cometidos en el marco de dictaduras o represión sistemática, no prescriben y exigen cumplimiento estricto de sanción y control.
La entrega del dispositivo se suma a otras aristas complejas del caso “Operación Apocalipsis”, una investigación que ya ha desenmascarado una red de corrupción al interior de algunos recintos penitenciarios donde 47 gendarmes han sido imputados por distintos delitos relacionados con corrupción y facilitación irregular a internos.
Más allá del “acto humano”
El episodio abrió varias preguntas que van más allá de un simple error de procedimiento:
- ¿Cómo fue posible que un funcionario de Gendarmería perdiera de vista las reglas básicas de custodia y seguridad?
- ¿Qué revisiones internas se realizan para permitir que un interno condenado por crímenes de lesa humanidad pueda comunicarse con el exterior usando un teléfono no autorizado?
- ¿Podría este caso estar vinculado a redes más amplias de coordinación interna en cárceles, como ya investiga el Ministerio Público en otras aristas?
La fiscalía ya incorporó este hecho en sus indagaciones y, aunque la defensa de Sandoval niega cualquier cohecho o contraprestación, los antecedentes señalan que el cabo primero ya contaba con antecedentes por actos de corrupción desde su estadía anterior en la cárcel Santiago 1 antes de ser trasladado a Punta Peuco.
El símbolo de un problema mayor
Este episodio no solo visibiliza un episodio aislado de mala conducta —o de mala interpretación de las normas—, sino que también desnuda tensiones más profundas en el sistema penitenciario chileno, especialmente en recintos de alta seguridad donde están recluidos antiguos agentes del Estado condenados por violaciones sistemáticas a los derechos humanos.
En los últimos meses, incluso el Poder Judicial y la Corte Suprema han dado pasos firmes para reafirmar que las condenas por delitos de lesa humanidad deben cumplirse rigurosamente, y que el sistema legal chileno no puede permitir atajos o privilegios que contradigan los compromisos internacionales de derechos humanos.
En este caso, lo que para algunos pudo ser un gesto compasivo se transformó en un espalda mojada de normas y responsabilidad, un recordatorio de que incluso los actos aparentemente pequeños pueden tener consecuencias jurídicas y éticas profundas cuando se trata de custodiar a personas condenadas por hechos atroces.
La historia, todavía en desarrollo, deja una pregunta: ¿fue un acto de bondad mal interpretado o una falla de protocolo con consecuencias que podrían trascender al sistema penitenciario en su conjunto? El tiempo y la justicia lo dirán.







