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RECHAZAN DEMANDA DEL GOBIERNO REGIONAL DE ARICA CONTRA FUNDACIÓN

El Segundo Juzgado de Letras de Arica en un fallo a través del magistrado Gonzalo Quiroz acogió la excepción de contrato no cumplido opuesta por la fundación demandada, tras establecer que el Gobierno Regional de Arica y Parinacota fue la parte que incurrió en incumplimiento contractual.

En ese sentido, el Segundo Juzgado de Letras de Arica rechazó íntegramente la demanda presentada por el Gobierno Regional en contra la Fundación Conecta TEA, que exigía la restitución de más de $346 millones de pesos que fueron entregaron a la entidad.

Así el magistrado acogió, con costas, la excepción de contrato no cumplido por la fundación demandada, tras establecer que el Gore de Arica y Parinacota fue la parte que incurrió en incumplimiento contractual.

En cuanto al fallo se puede establecer que: “los referidos hallazgos, constituyen indicios serios y concordantes de un incumplimiento contractual por parte del Gobierno Regional, pues dicha parte omitió la obligación fiscalizadora y de supervisión impuesta en el propio convenio, en la Resolución N°30 de la Contraloría General de la República y en la Ley N°18.575”.

Este punto, es clave para que se determine la decisión del término del convenio “y para la viabilidad de la restitución íntegra de fondos a la demandante pues el supuesto incumplimiento de la demandada y que motivó la decisión administrativa fundante de la demanda, es imputable también, a deficiencias del propio órgano concedente y ahora demandante, la que como parte del contrato, según se ha establecido, estaba obligada a revisar las cuentas del demandado en el tiempo y la forma, fijada en el convenio”, releva el fallo.

Así también, esta resolución indica que, “en complemento de la prueba anteriormente valorada, la exhibición de documentos, da cuenta que funcionarios del Gobierno Regional de Arica y Parinacota recibieron materialmente, con fecha determinada, la documentación presentada por la Fundación Conecta TEA en cumplimiento de su obligación contractual de rendición de cuentas y que dichas cuentas, fueron recibidas de manera oficial y con firma del personal del propio órgano concedente, dejándose constancia expresa de la entrega de respaldos financieros, formularios, rendiciones parciales y demás antecedentes asociados a la ejecución del convenio”.

De este modo, se resolvió que: “se acoge la excepción de contrato no cumplido opuesta por la demandada. Que se rechaza en todas sus partes la demanda interpuesta por el Gobierno Regional de Arica y Parinacota en contra de la Fundación Conecta TEA. Se condena al Gobierno Regional de Arica y Parinacota, al pago de las costas del juicio”.

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