Durante la jornada de ayer ingresó a trámite constitucional un proyecto presentado en la Cámara de Diputadas y Diputados que pretende modificar la Ley N° 21.091 para fijar criterios y topes a la remuneración de docentes, investigadores y directivos de las instituciones privadas de educación superior.
El proyecto fue presentado por María Bello (FA), Andrés Giordano (FA), Diego Ibáñez (FA), Claudia Mix (FA), Camila Rojas (FA), Emilia Schneider (FA), Jaime Sáez (FA), Consuelo Veloso (IND), Gael Yeomans (FA) y Ericka Ñanco (FA), y pasó a discutirse en la comisión de Educación.
“Los integrantes del órgano de administración superior de instituciones de educación superior que estén constituidas como personas jurídicas de derecho privado sin fines de lucro, que no realicen otro tipo de labores en la institución, percibirán como única retribución la suma de ocho unidades tributarias mensuales por su asistencia a cada sesión del mismo, con un tope mensual máximo de treinta y dos unidades tributarias mensuales, independientemente del número de sesiones a las que asistan en el mes respectivo. Esta retribución tendrá el carácter de honorarios para todos los efectos legales”, se lee en el documento.
“Con todo, el promedio de la suma de las dietas de todos los integrantes de dicho órgano, incluyendo la de quienes no realicen otro tipo de labores en la institución, no podrá exceder el monto equivalente a siete sueldos mínimos vitales, en universidades”, continúa señalando que el límite estará en un 10% menor respecto de los institutos profesionales y un 15% menos respecto de centros de formación técnica.
Revisa el documento con el proyecto a continuación: