
El Juzgado de Letras del Trabajo de Arica acogió la demanda por despido indebido y cobro de prestaciones laborales presentada por Julián Luciano Rodríguez Ferrada, gerente desvinculado del Club Deportivo San Marcos de Arica.
El magistrado Hernán Valdevenito Carrasco resolvió que el despido fue indebido debido a que la descripción de funciones genéricas en el contrato de trabajo no permitió establecer los incumplimientos consignados en la carta de despido.
La falta de prueba documental por parte del club deportivo fue determinante en el fallo. El juez destacó que la parte demandada no presentó antecedentes escritos que establecieran las obligaciones inherentes a los cargos de Gerente General y Gerente Deportivo del Club desempeñados por el actor.
El contrato de trabajo solo señalaba que el trabajador debía cumplir las instrucciones impartidas por su jefe inmediato, lo que resultó insuficiente para determinar el ámbito de responsabilidades y atribuciones del demandante.
En consecuencia, el tribunal ordenó al Club Deportivo San Marcos pagar al demandante una indemnización por falta de aviso previo de $3.158.941, una indemnización por 3 años de servicio de $9.476.823 y un incremento legal de $7.581.458. Además, el tribunal condenó al club deportivo al pago de costas y reguló las costas personales en $1.000.000.
El juez también destacó que si el club consideraba que el gerente había incurrido en incumplimientos graves, pudo haberlo desvinculado por desahucio del empleador, lo que finalmente no aconteció. Las cantidades ordenadas a pagar deberán serlo con los reajustes e intereses que contempla el artículo 173 del Código del Trabajo.